Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Premios. (2025061808)
Resolución de 28 de abril de 2025, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan los premios "Tomás García Verdejo" a las buenas prácticas educativas en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso académico 2024/2025.
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NÚMERO 98
Viernes 23 de mayo de 2025
29084
En el caso de no estar activa o quiera proceder a una nueva alta, se realiza
rá el trámite “Alta de Terceros” en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura:
(https://sede.gobex.es/SEDE/privado/ciudadanos/exterior.jsf?cod=5145).
2. Se procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora
correspondiente desde el momento de pago del premio hasta la fecha en que se acuerde
la procedencia del reintegro, si se da cualquiera de las causas establecidas en el artículo
43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
3. E
n los casos de cumplimiento parcial o de justificación parcial será de aplicación el principio de proporcionalidad y se procederá a efectuar el reintegro únicamente de la cantidad
no justificada en aquellos supuestos en los que el cumplimiento por el centro o equipo de
orientación educativa y psicopedagógica se aproxime de modo significativo al cumplimiento
total y se acredite por éstos una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de
sus compromisos. Se considerarán en todo caso acreditadas estas dos circunstancias cuando las acciones realizadas y justificadas alcancen, al menos, el 60 % del premio concedido.
Por debajo de este porcentaje el incumplimiento será declarado total.
4. El órgano competente de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional podrá
realizar una visita a los centros o equipos de orientación educativa y psicopedagógica premiados para verificar las actuaciones realizadas en la mejora e impulso de las actuaciones
educativas.
Duodécimo. Publicación de los trabajos.
La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional se reserva el derecho de publicación y difusión de los trabajos que resulten premiados, por las vías que se estimen convenientes. Para ello, todos los trabajos que constituyan el proyecto, cualquiera que sea su
naturaleza y su soporte, deberán contar con la correspondiente autorización de difusión a favor de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, y no podrán ser incluidos
materiales de los que no se posea titularidad, reserva de derechos o propiedad intelectual,
salvo que sean de libre distribución, acreditándose cualquiera de estos extremos en su caso.
Las personas beneficiarias se comprometen a colaborar en la realización de las adaptaciones
oportunas.
Los trabajos premiados podrán ser consultados en REDINED (Red de Información Educativa)
cuyo enlace a la página web es: (https://redined.educacion.gob.es/xmlui/).
Viernes 23 de mayo de 2025
29084
En el caso de no estar activa o quiera proceder a una nueva alta, se realiza
rá el trámite “Alta de Terceros” en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura:
(https://sede.gobex.es/SEDE/privado/ciudadanos/exterior.jsf?cod=5145).
2. Se procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora
correspondiente desde el momento de pago del premio hasta la fecha en que se acuerde
la procedencia del reintegro, si se da cualquiera de las causas establecidas en el artículo
43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
3. E
n los casos de cumplimiento parcial o de justificación parcial será de aplicación el principio de proporcionalidad y se procederá a efectuar el reintegro únicamente de la cantidad
no justificada en aquellos supuestos en los que el cumplimiento por el centro o equipo de
orientación educativa y psicopedagógica se aproxime de modo significativo al cumplimiento
total y se acredite por éstos una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de
sus compromisos. Se considerarán en todo caso acreditadas estas dos circunstancias cuando las acciones realizadas y justificadas alcancen, al menos, el 60 % del premio concedido.
Por debajo de este porcentaje el incumplimiento será declarado total.
4. El órgano competente de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional podrá
realizar una visita a los centros o equipos de orientación educativa y psicopedagógica premiados para verificar las actuaciones realizadas en la mejora e impulso de las actuaciones
educativas.
Duodécimo. Publicación de los trabajos.
La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional se reserva el derecho de publicación y difusión de los trabajos que resulten premiados, por las vías que se estimen convenientes. Para ello, todos los trabajos que constituyan el proyecto, cualquiera que sea su
naturaleza y su soporte, deberán contar con la correspondiente autorización de difusión a favor de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, y no podrán ser incluidos
materiales de los que no se posea titularidad, reserva de derechos o propiedad intelectual,
salvo que sean de libre distribución, acreditándose cualquiera de estos extremos en su caso.
Las personas beneficiarias se comprometen a colaborar en la realización de las adaptaciones
oportunas.
Los trabajos premiados podrán ser consultados en REDINED (Red de Información Educativa)
cuyo enlace a la página web es: (https://redined.educacion.gob.es/xmlui/).