Universidad De Extremadura. Concurso De Méritos. (2025062170)
Resolución de 21 de mayo de 2025, de la Gerencia, por la que se convoca concurso específico de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes de personal funcionario de Administración y Servicios (Jefaturas de Negociados y Unidades equivalentes).
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NÚMERO 103
Viernes 30 de mayo de 2025
30508
RESOLUCIÓN
Novena.
1. El concurso se resolverá por resolución del Rectorado de la Universidad de Extremadura,
en el plazo no superior a seis meses, a contar desde el día siguiente al de la finalización de
presentación de solicitudes, y su resultado se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
En la resolución se expresará el puesto de origen de la persona interesada a la que se le
adjudique destino, con indicación de la Administración Pública de procedencia, localidad,
grupo, nivel y grado, así como su situación administrativa cuando sea distinta de la de
servicio activo.
2. La resolución del concurso se motivará con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria, que vinculan por igual a la Administración
y a los y las participantes. En todo caso, deberán quedar acreditadas en el procedimiento,
como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y la
valoración final de los méritos de las candidaturas.
3. L
a resolución se hará pública en el Diario Oficial de Extremadura.
TOMA DE POSESIÓN
Décima.
1. El plazo de posesión del destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de
residencia o de diez días hábiles si comporta cambio de residencia, que deberá justificarse.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que
deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución
del concurso en el Diario Oficial de Extremadura.
Si la adjudicación del puesto comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá computarse desde dicha publicación, y será de tres días hábiles, a reserva
de que el reingreso comporte cambio de residencia, en cuyo caso será de diez días hábiles.
2. El Rector de la Universidad, a propuesta del Gerente, podrá diferir el cese, por necesidades
del servicio, hasta tres meses.
3. E
l cómputo de los plazos posteriores se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidos al interesado o interesada, salvo que, por causas
justificadas, el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de estos.
Viernes 30 de mayo de 2025
30508
RESOLUCIÓN
Novena.
1. El concurso se resolverá por resolución del Rectorado de la Universidad de Extremadura,
en el plazo no superior a seis meses, a contar desde el día siguiente al de la finalización de
presentación de solicitudes, y su resultado se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
En la resolución se expresará el puesto de origen de la persona interesada a la que se le
adjudique destino, con indicación de la Administración Pública de procedencia, localidad,
grupo, nivel y grado, así como su situación administrativa cuando sea distinta de la de
servicio activo.
2. La resolución del concurso se motivará con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria, que vinculan por igual a la Administración
y a los y las participantes. En todo caso, deberán quedar acreditadas en el procedimiento,
como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y la
valoración final de los méritos de las candidaturas.
3. L
a resolución se hará pública en el Diario Oficial de Extremadura.
TOMA DE POSESIÓN
Décima.
1. El plazo de posesión del destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de
residencia o de diez días hábiles si comporta cambio de residencia, que deberá justificarse.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que
deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución
del concurso en el Diario Oficial de Extremadura.
Si la adjudicación del puesto comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá computarse desde dicha publicación, y será de tres días hábiles, a reserva
de que el reingreso comporte cambio de residencia, en cuyo caso será de diez días hábiles.
2. El Rector de la Universidad, a propuesta del Gerente, podrá diferir el cese, por necesidades
del servicio, hasta tres meses.
3. E
l cómputo de los plazos posteriores se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidos al interesado o interesada, salvo que, por causas
justificadas, el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de estos.