Universidad De Extremadura. Concurso De Méritos. (2025062170)
Resolución de 21 de mayo de 2025, de la Gerencia, por la que se convoca concurso específico de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes de personal funcionario de Administración y Servicios (Jefaturas de Negociados y Unidades equivalentes).
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 103
Viernes 30 de mayo de 2025
30507
— Doña Ana María Bermejo Ollero, funcionaria de la Escala Técnico Auxiliar de Servicios de
la Universidad de Extremadura.
— Don Manuel Pérez Morano, funcionario de la Escala Técnico Auxiliar de Servicios de la
Universidad de Extremadura.
— D. Julio Lozano Oncins, funcionario de la Escala Técnico Auxiliar de Servicios de la Universidad de Extremadura.
Miembros suplentes:
Preside: José Antonio Perea Ayago. Vicegerente de Recursos Humanos de la Universidad
de Extremadura.
Vocalías:
— Doña María Beatriz Real Real, funcionaria de la Escala Técnico Auxiliar de Servicios de
la Universidad de Extremadura.
— Doña María Ángeles Morcillo Astillero, funcionaria de la Escala Administrativa de la Universidad de Extremadura.
— Don Miguel Ángel Mateos Corrales, funcionario de la Escala Técnico Auxiliar de Servicios
de la Universidad de Extremadura.
— Don Juan Jiménez Parra, funcionario de la Escala Técnico Auxiliar de Servicios de la
Universidad de Extremadura.
La Comisión de Valoración designará, entre sus miembros, un Secretario o Secretaria.
Dentro de los siete días hábiles siguientes a la terminación del concurso hará entrega del
expediente administrativo generado en el procedimiento, en el Área de Recursos Humanos
de la Universidad de Extremadura.
2. La Comisión de Valoración podrá, en cualquier momento, recabar de las personas aspirantes las aclaraciones, o en su caso, la documentación adicional que estime necesaria para la
comprobación de los méritos alegados.
3. Los actos derivados de la actuación de la Comisión de Valoración podrán ser impugnados en
los casos y en la forma establecida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. A efectos de asistencias por participación en el proceso selectivo, la Comisión de valoración
queda encuadrada en la categoría primera de las previstas reglamentariamente.
Viernes 30 de mayo de 2025
30507
— Doña Ana María Bermejo Ollero, funcionaria de la Escala Técnico Auxiliar de Servicios de
la Universidad de Extremadura.
— Don Manuel Pérez Morano, funcionario de la Escala Técnico Auxiliar de Servicios de la
Universidad de Extremadura.
— D. Julio Lozano Oncins, funcionario de la Escala Técnico Auxiliar de Servicios de la Universidad de Extremadura.
Miembros suplentes:
Preside: José Antonio Perea Ayago. Vicegerente de Recursos Humanos de la Universidad
de Extremadura.
Vocalías:
— Doña María Beatriz Real Real, funcionaria de la Escala Técnico Auxiliar de Servicios de
la Universidad de Extremadura.
— Doña María Ángeles Morcillo Astillero, funcionaria de la Escala Administrativa de la Universidad de Extremadura.
— Don Miguel Ángel Mateos Corrales, funcionario de la Escala Técnico Auxiliar de Servicios
de la Universidad de Extremadura.
— Don Juan Jiménez Parra, funcionario de la Escala Técnico Auxiliar de Servicios de la
Universidad de Extremadura.
La Comisión de Valoración designará, entre sus miembros, un Secretario o Secretaria.
Dentro de los siete días hábiles siguientes a la terminación del concurso hará entrega del
expediente administrativo generado en el procedimiento, en el Área de Recursos Humanos
de la Universidad de Extremadura.
2. La Comisión de Valoración podrá, en cualquier momento, recabar de las personas aspirantes las aclaraciones, o en su caso, la documentación adicional que estime necesaria para la
comprobación de los méritos alegados.
3. Los actos derivados de la actuación de la Comisión de Valoración podrán ser impugnados en
los casos y en la forma establecida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. A efectos de asistencias por participación en el proceso selectivo, la Comisión de valoración
queda encuadrada en la categoría primera de las previstas reglamentariamente.