Presidencia De La Junta. Medidas Urgentes. (2025DE0003)
Decreto-ley 3/2025, de 27 de mayo, de ayuda excepcional de emergencia a explotaciones ovinas y de cereza especialmente afectadas por desastres naturales en el marco del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 106
Miércoles 4 de junio de 2025
31524
ayuda en los años 2021 y 2022. Reglamento (UE) 1305/2013 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo
Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
Tiempo que se van a mantener sus datos personales:
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha
finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de
archivos y documentación. Los datos económicos de esta actividad de tratamiento se conservarán al amparo de lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.
Destinatarios a los que se comunicarán sus datos.
En el supuesto de que las ayudas estén financiadas total o parcialmente con fondos europeos, los datos personales tratados en este procedimiento podrán ser cedidos a la Dirección
General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos para llevar a cabo las verificaciones
administrativas previas a la declaración de gastos a la Comisión Europea, conforme el artículo 151 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de
diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes
estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola
común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de
Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se
derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013. Asimismo, podrán ser
transferidos datos a otros organismos u órganos de la Administración Pública sin precisar el
previo consentimiento del interesado cuando así lo prevea una norma de derecho de la Unión
Europea o una ley nacional, que determine las cesiones como consecuencia del cumplimiento
de una obligación legal, aunque deberemos informar de este tratamiento al interesado, salvo
las excepciones previstas en el artículo 14.5 del RGPD. Cualquier cesión de datos no incluida
en los supuestos indicados anteriormente, requerirá del previo consentimiento por parte del
interesado al organismo u órgano de la Administración Pública que solicite la cesión de los
datos por precisarlos para el ejercicio de sus competencias. Del mismo modo, en aplicación
de lo dispuesto por el artículo 60 del Reglamento de Ejecución (UE) 908/2014, se le informa
de que, de conformidad con el art. 113 del Reglamento (UE) 1306/2013, sus datos serán
publicados con arreglo al art. 111 de este mismo Reglamento y podrán ser tratados por organismos de auditoría e investigación de la Unión Europea y nacionales para salvaguardar los
intereses financieros de la Unión.
Transferencias internacionales de datos:
No están previstas transferencias internacionales de datos.
Sus derechos en relación con el tratamiento de datos:
Miércoles 4 de junio de 2025
31524
ayuda en los años 2021 y 2022. Reglamento (UE) 1305/2013 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo
Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
Tiempo que se van a mantener sus datos personales:
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha
finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de
archivos y documentación. Los datos económicos de esta actividad de tratamiento se conservarán al amparo de lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.
Destinatarios a los que se comunicarán sus datos.
En el supuesto de que las ayudas estén financiadas total o parcialmente con fondos europeos, los datos personales tratados en este procedimiento podrán ser cedidos a la Dirección
General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos para llevar a cabo las verificaciones
administrativas previas a la declaración de gastos a la Comisión Europea, conforme el artículo 151 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de
diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes
estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola
común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de
Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se
derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013. Asimismo, podrán ser
transferidos datos a otros organismos u órganos de la Administración Pública sin precisar el
previo consentimiento del interesado cuando así lo prevea una norma de derecho de la Unión
Europea o una ley nacional, que determine las cesiones como consecuencia del cumplimiento
de una obligación legal, aunque deberemos informar de este tratamiento al interesado, salvo
las excepciones previstas en el artículo 14.5 del RGPD. Cualquier cesión de datos no incluida
en los supuestos indicados anteriormente, requerirá del previo consentimiento por parte del
interesado al organismo u órgano de la Administración Pública que solicite la cesión de los
datos por precisarlos para el ejercicio de sus competencias. Del mismo modo, en aplicación
de lo dispuesto por el artículo 60 del Reglamento de Ejecución (UE) 908/2014, se le informa
de que, de conformidad con el art. 113 del Reglamento (UE) 1306/2013, sus datos serán
publicados con arreglo al art. 111 de este mismo Reglamento y podrán ser tratados por organismos de auditoría e investigación de la Unión Europea y nacionales para salvaguardar los
intereses financieros de la Unión.
Transferencias internacionales de datos:
No están previstas transferencias internacionales de datos.
Sus derechos en relación con el tratamiento de datos: