Presidencia De La Junta. Medidas Urgentes. (2025DE0003)
Decreto-ley 3/2025, de 27 de mayo, de ayuda excepcional de emergencia a explotaciones ovinas y de cereza especialmente afectadas por desastres naturales en el marco del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
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NÚMERO 106

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Miércoles 4 de junio de 2025

licoides, cuya actividad es altamente dependiente de las condiciones climáticas, particularmente las temperaturas. Se caracteriza por su elevada patogenicidad en ovinos, y aunque
con menor incidencia, también puede afectar clínicamente a bovinos. La expansión de los
distintos serotipos del virus (notificables los comprendidos entre el 1 y el 24) en los últimos
años dentro de los Estados miembros de la Unión Europea, ha sido claramente favorecida por
las anomalías climáticas derivadas del cambio climático, que han modificado el ciclo biológico
de los vectores, permitiendo su actividad infectiva durante todo el año en regiones con inviernos suaves como Extremadura.
Durante el año 2024, la Comunidad Autónoma de Extremadura ha confirmado la presencia de
los serotipos 1, 3, 4 y 8 del virus de la lengua azul. La aparición de estos serotipos ha generado efectos devastadores, particularmente en el sector ovino. En consecuencia, y conforme
a lo dispuesto en el Real Decreto 779/2023, de 10 de octubre, por el que se regula la notificación de enfermedades animales de declaración obligatoria, se procedió a su declaración
oficial mediante publicación en el Diario Oficial de Extremadura (DOE).
Las consecuencias derivadas de la presencia de estos serotipos han supuesto un notable
impacto económico para las explotaciones ovinas de la región, dada la alta morbilidad y
mortalidad registrada en los animales afectados. En este sentido, del total de notificaciones
de sospecha de enfermedad registradas durante la epizootia del otoño de 2024, las correspondientes al ganado ovino representaron la práctica totalidad, en tanto que las relativas a
ganado bovino apenas alcanzaron el 3% y las de caprino resultaron insignificantes, situándose en torno al 0,3%.
Dada la especial vulnerabilidad del sector ovino dentro del conjunto de la ganadería regional,
la Comunidad Autónoma de Extremadura considera necesario otorgar una ayuda excepcional
de emergencia a las explotaciones con pérdidas de su potencial productivo igual o superior al treinta por ciento por la enfermedad de la lengua azul durante el ejercicio 2024 de
14.640.000 euros, para paliar los efectos económicos derivados de la crisis sanitaria, garantizar la viabilidad de las explotaciones, y preservar el tejido productivo y social del medio rural
extremeño, al amparo del artículo 6 bis del Reglamento (UE) 2020/2220, financiado al cien
por cien por el Feader.
III
El sector agrícola de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en particular el subsector
de la cereza, constituye un pilar esencial de la economía regional, no solo por su alta
capacidad productiva -con una media anual de 30 millones de kilogramos-, sino también
por su destacado carácter exportador y su capacidad de generar empleo directo e indirecto
para aproximadamente 4.000 familias. Con más de 3.000 explotaciones repartidas en unas
8.000 hectáreas, la cereza representa una de las producciones emblemáticas de la agricultura
extremeña.