Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Premios. (2025050068)
Orden de 20 de mayo de 2025 por la que se convocan los premios extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria correspondientes al curso 2024/2025.
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NÚMERO 108
Viernes 6 de junio de 2025

32428

ORDEN de 20 de mayo de 2025 por la que se convocan los premios
extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria correspondientes al
curso 2024/2025. (2025050068)
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28
de enero, en su artículo 10.1.4. atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles y grados,
modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control de los centros
educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, establece entre sus fines garantizar una educación de calidad que promueva el esfuerzo, premie el mérito y busque la
excelencia, en un proceso de mejora de los rendimientos escolares. El sistema educativo
extremeño pretende garantizar asimismo una educación de calidad que, desde la equidad y
el respeto a las capacidades individuales, persiga la universalización del éxito educativo del
alumnado a fin de lograr su máximo desarrollo personal, profesional, social, intelectual y
emocional, tal como se indica en el artículo 10 de la citada Ley.
Dentro del marco establecido por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, donde se contempla la posibilidad de
que las Administraciones educativas puedan establecer, por sí mismas o en colaboración con
otras entidades, premios y concursos destinados a alumnos, profesores o centros escolares,
al objeto de dar respuesta a la exigencia de la sociedad de un sistema educativo moderno,
abierto, menos rígido, multilingüe y cosmopolita que desarrolle todo el potencial y talento de
nuestra juventud, planteamientos que son ampliamente compartidos por la comunidad educativa y por la sociedad española. De este modo es necesario favorecer la ineludible presencia
de aquellos elementos que, como las matemáticas en el campo de las ciencias y la tecnología,
o las lenguas en el campo de las humanidades y ciencias sociales constituyen la base necesaria y son claves para avanzar en cada campo de conocimiento. Estas condiciones garantizan
que la educación tiene el necesario componente motivador, que favorece realmente todas las
opciones formativas posteriores.
El objeto de la presente orden es reconocer públicamente al alumnado que finalice esta etapa con excelente resultado académico, con el fin de que dicho reconocimiento y su premio
promueva el desarrollo personal, académico, social, intelectual o emocional del alumnado
premiado y suponga un incentivo a la hora de proseguir satisfactoriamente sus estudios.
En su virtud, en uso de las competencias que me atribuye la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y a propuesta
de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional,