Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025062296)
Resolución de 24 de mayo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuyo titular es Manuel Mancha Galea, en el término municipal de Puebla de la Reina.
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NÚMERO 108
Viernes 6 de junio de 2025

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RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de
explotación porcina, cuyo titular es Manuel Mancha Galea, en el término
municipal de Puebla de la Reina. (2025062296)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 21 de mayo de 2024 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para la instalación de
explotación porcina de cebo en régimen intensivo en el término municipal de Puebla de la
Reina (Badajoz) y promovida por Manuel Mancha Galea, con NIF: ***9689** con domicilio a
efectos de notificación en Plaza de la Iglesia, n.º 8, CP 06477, Puebla de la Reina (Badajoz).
Segundo. El proyecto consiste en la instalación de una explotación porcina de cebo en régimen intensivo con capacidad de 2.000 cerdos de cebo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2 del anexo II.
La explotación se ubicará en las parcelas 53, 54 y 63 del polígono 10, del término municipal
de Puebla de la Reina, con una superficie de unas 2,3 Has. Las características esenciales del
proyecto se describen en la presente resolución.
Tercero. Se publica anuncio de fecha 1 de junio de 2024 en la página web del órgano ambiental y en el Diario Oficial de Extremadura (DOE número 21, de 31 de enero de 2025),
poniendo a disposición del público, durante un plazo de 20 días, la información relativa al
procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo,
de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dentro de este periodo no se han
recibido alegaciones.
Cuarto. Simultáneamente al periodo de información pública, mediante escrito registrado de
salida con fecha 4 de junio de 2024, se remite la solicitud de AAU al Ayuntamiento de Puebla
de la Reina, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 16, punto 4 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021,
de 3 de marzo.
A fecha de hoy no se ha recibido contestación a referido trámite.