Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Transporte De Viajeros. Subvenciones. (2025062376)
Extracto de la Resolución de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera y se dictan las condiciones de aplicación de la subvención del 100 % del precio del billete para el año 2025.
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NÚMERO 110
Martes 10 de junio de 2025
33415
A estos efectos, tienen domicilio habitual en la Comunidad Autónoma de Extremadura quienes
figuren empadronados en uno de sus municipios, sean nacionales, residentes extranjeros,
nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre
el Espacio Económico Europeo, personas a quienes sea de aplicación el régimen comunitario,
o personas titulares del derecho de asilo o del derecho a la protección subsidiaria.
Tercero. Normativa de aplicación y bases reguladoras.
— Disposición adicional decimoquinta de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, en aplicación
de lo determinado en el artículo 8 de la Orden de 6 de febrero de 2025 por la que se fijan
las condiciones y criterios de aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de
la Comunidad de Extremadura para 2024 en el ejercicio de 2025.
— Decreto 83/2017, de 13 de junio (DOE n.º 116, de 19 de junio), por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad
mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía individualizada de la subvención, respecto del gasto subvencionable contraído por
las personas beneficiarias, se ajustará al 100% del mismo.
El importe total de la convocatoria es de ocho millones ciento setenta y ocho mil setecientos veinte euros con sesenta y ocho céntimos de euro (8.178.720,68 euros), con cargo a la
aplicación presupuestaria 160050000 G/353C/48000, Fuentes de Financiación CAG0000001
(código de proyecto 20001041) y TE35007002 (programa 441M “Subvenciones y Apoyo al
Transporte Terrestre”), y distribuido en las anualidades siguientes:
2025: 6.374.564,97 €.
2026: 1.804.155,71 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Desde el día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura de
la presente Resolución y del extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, hasta el día 31 de diciembre de 2025.
Sexto. Extensión de la ayuda 100%.
La ayuda del 100 % del título de transporte, para el gasto subvencionable previsto en el
apartado 3 de la disposición adicional decimoquinta de la Ley 1/2024, será de aplicación en
Martes 10 de junio de 2025
33415
A estos efectos, tienen domicilio habitual en la Comunidad Autónoma de Extremadura quienes
figuren empadronados en uno de sus municipios, sean nacionales, residentes extranjeros,
nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre
el Espacio Económico Europeo, personas a quienes sea de aplicación el régimen comunitario,
o personas titulares del derecho de asilo o del derecho a la protección subsidiaria.
Tercero. Normativa de aplicación y bases reguladoras.
— Disposición adicional decimoquinta de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, en aplicación
de lo determinado en el artículo 8 de la Orden de 6 de febrero de 2025 por la que se fijan
las condiciones y criterios de aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de
la Comunidad de Extremadura para 2024 en el ejercicio de 2025.
— Decreto 83/2017, de 13 de junio (DOE n.º 116, de 19 de junio), por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad
mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía individualizada de la subvención, respecto del gasto subvencionable contraído por
las personas beneficiarias, se ajustará al 100% del mismo.
El importe total de la convocatoria es de ocho millones ciento setenta y ocho mil setecientos veinte euros con sesenta y ocho céntimos de euro (8.178.720,68 euros), con cargo a la
aplicación presupuestaria 160050000 G/353C/48000, Fuentes de Financiación CAG0000001
(código de proyecto 20001041) y TE35007002 (programa 441M “Subvenciones y Apoyo al
Transporte Terrestre”), y distribuido en las anualidades siguientes:
2025: 6.374.564,97 €.
2026: 1.804.155,71 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Desde el día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura de
la presente Resolución y del extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, hasta el día 31 de diciembre de 2025.
Sexto. Extensión de la ayuda 100%.
La ayuda del 100 % del título de transporte, para el gasto subvencionable previsto en el
apartado 3 de la disposición adicional decimoquinta de la Ley 1/2024, será de aplicación en