Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025062349)
Resolución de 2 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa UTE Trujillo para los servicios públicos de recogida de residuos sólidos urbanos, recogida selectiva en origen, transporte de los residuos y limpieza viaria de la ciudad de Trujillo.
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NÚMERO 110
Martes 10 de junio de 2025

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Artículo 13. Antigüedad.
Todo el personal percibirá en concepto de antigüedad, según se determina en la siguiente
escala:
— A los 2 años: 6%.
— A los 4 años: 10%.
— A los 7 años: 12%.
— A los 10 años: 15%.
— A los 12 años: 22%.
— A los 15 años: 25%.
— A los 20 años: 40%.
— A los 25 años o más: 60%.
Estos porcentajes se computarán desde la fecha de ingreso en la empresa y se abonarán des­
de el 01 de enero del año en que se cumplan, y se calcularán sobre el salario base.
Artículo 14. Pagas extraordinarias y beneficios.
Las gratificaciones extraordinarias de julio y Navidad serán de 30 días cada una de ellas, éstas
se calcularán sobre el salario base más la antigüedad.
También percibirán las personas trabajadoras el importe equivalente a una mensualidad, cal­
culada sobre el salario base más la antigüedad, en concepto de Beneficios. Ésta será efectiva
durante el mes de marzo.
Las pagas de julio y Navidad serán abonadas dentro de los días 15 al 20 de dichos meses.
Artículo 15. Trabajo nocturno.
Todo el personal que trabaje efectivamente entre las 21 horas y las 6 de la mañana, percibirá
un Plus por ese concepto del 30% sobre el salario base. Si trabajase más de 4 horas durante
este periodo de tiempo, serán incrementadas la totalidad de las horas trabajadas en este
porcentaje y, si trabajase menos, solo percibirá incrementadas las horas comprendidas en
ese periodo.