Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Recursos Humanos. (2025062359)
Resolución de 5 de junio de 2025, de la Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 3 de junio de 2025, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de Recursos Humanos adscritos al Plan INFOEX.
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NÚMERO 110

33166

Martes 10 de junio de 2025

ANEXO
ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE APRUEBA EL PLAN DE ORDENACIÓN
DE RECURSOS HUMANOS ADSCRITOS AL PLAN INFOEX
Con fecha 14 de abril de 2025, en el seno de la Comisión Negociadora para el personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura, se acuerda con todas las centrales sindicales la
aprobación del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Plan Infoex (en adelante PORH).
Dicho acuerdo deriva de las conversaciones mantenidas entre representantes de la Administración y de cada una de las centrales sindicales llevadas a cabo en sucesivas mesas técnicas
celebradas durante el año 2024.
La finalidad principal del PORH es acometer una profunda reestructuración de los recursos humanos adscritos al Plan INFOEX. La realidad exige, por un lado, un nuevo modelo organizativo
con la suficiente flexibilidad que permita guardar el difícil equilibrio entre la implantación de
sistemas de trabajo más eficaces en la prestación de los servicios, la mejora de la eficiencia
de los medios técnicos y humanos existentes, la dimensión y distribución adecuada de los
recursos humanos y la promoción profesional, formación y movilidad de este personal. Por
otro lado, el Plan tiene que ser flexible, dinámico y adaptable a las futuras necesidades, de
manera que el modelo recogido en él debe permitir su rediseño conforme los cambios se vayan sucediendo, no encontrándose, por tanto, limitado a una vigencia temporal determinada.
La ejecución del PORH contempla medidas tendentes a la racionalización de los medios personales y técnicos disponibles o a disponer de ellas en un futuro, incorporando propuestas
tanto de ordenación de la actual plantilla como del trabajo. Estas medidas se concretan en
las siguientes, estando prevista su implantación durante las anualidades 2025, 2026 y 2027:
1. S
 upresión de las atribuciones de las funciones, cometidos y tareas relacionadas con la
mecánica de los vehículos al personal Bombero/a Forestal Conductor/a por no disponer de
las conocimientos teórico-prácticos de mecánica ni de la titulación correspondiente en esta
materia.
2. C
 reación de puestos de segunda actividad de las categorías Bombero/a Forestal Conductor/a
y Bombero/a Forestal Coordinador/a con el objeto de que las funciones a desarrollar por
este personal se ajusten a sus condiciones de salud y que las unidades no queden mermadas en cuanto a número de efectivos. Se propone, la creación de 21 puestos de segunda
activad de Bombero/a Forestal Conductor/a y destinar, cuando queden vacantes, 4 plazas
de las 854 actuales de la RPT al mismo fin.