Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. (2025050088)
Orden de 4 de junio de 2025 por la que se regula el libramiento de fondos para la dotación de libros de texto y de material escolar y didáctico a los centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial, para el curso escolar 2025/2026.
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NÚMERO 111
Miércoles 11 de junio de 2025

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tremadura y material escolar para alumnos de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación
Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial (DOE núm. 91, de 13 de mayo de 2022), se garantiza la efectiva y completa aplicación de
la Ley 3/2020, de 29 de octubre, del sistema de préstamo de libros de Extremadura, mediante
la regulación de la gestión del préstamo de libros a través de la creación y consolidación de
bancos de libros en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
La Comunidad Autónoma de Extremadura y el Ministerio de Educación, Formación Profesional
y Deportes, en el marco de la colaboración entre Administraciones Públicas, tienen como objetivo contribuir con las familias a la financiación de los libros de texto y el material escolar
destinados al alumnado matriculado en niveles obligatorios de enseñanza.
Para mejorar el nivel educativo de todo el alumnado, conciliando la calidad de la educación
con la equidad de su reparto, prestando los apoyos necesarios, tanto al alumnado como a los
centros, se dicta la presente orden que establece libramiento de fondos para la dotación a
los centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura de libros de texto y material
escolar para el curso 2025/2026.
Por otro lado, la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de
respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos,
(DOE n.º 229, de 29 de noviembre de 2022) modifica el artículo 12 de la Ley 1/2008, de 22
de mayo, de creación de Entidades Públicas de la Junta de Extremadura, asignándole al Ente
Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios como entidad instrumental de la
Administración de la Junta de Extremadura, la concesión, gestión, resolución y control de las
subvenciones, ayudas y becas que se establezcan en su ámbito de actuación, de carácter autonómico o estatal, y en concreto el libramiento de fondos para la dotación de libros de texto
y de material escolar y didáctico a centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria,
Educación Obligatoria y Educación Especial.
En virtud de los anteriormente expuesto, y de acuerdo con las atribuciones que tengo encomendadas,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto.
La presente orden tiene por objeto regular el programa de gratuidad de libros de texto y material escolar dirigido a alumnado que cursen enseñanzas de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y