Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2025062384)
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto y de material escolar a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Obligatoria y Educación Especial, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 111
Miércoles 11 de junio de 2025

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Vigesimocuarto. Incumplimiento, revocación y reintegro.
Sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiere lugar, procederá el reintegro de las
cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de
la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, además de los
casos previstos en el artículo 43 de la Ley 6/2011, 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en los siguientes:
a) Incumplimiento de la obligación de justificación.
b) Incumplimiento de la finalidad para que la subvención fue concedida.
c) Obstaculización de la labor inspectora de la Administración.
d) Falsedad de los datos aportados en la solicitud.
e) I ncumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en la presente orden.
Las cantidades, en su caso, a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho
público, de acuerdo con lo establecido en el artículo 44.1 de Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Si el importe justificado fuera inferior al aprobado en la resolución de concesión, se procederá
al reintegro de la subvención concedida de forma proporcional al gasto o inversión realmente
efectuado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.2 de la Ley de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura. A estos efectos, se considerará que el incumplimiento es parcial cuando la inversión justificada alcanzase, al menos, el 75 % de la inversión
aprobada como subvencionable. Por debajo de este porcentaje el incumplimiento será declarado total y procederá al reintegro total de la ayuda concedida.
Vigesimoquinto. Seguimiento.
Las Delegaciones Provinciales de Educación, a través del Servicio de Inspección, realizarán de
acuerdo con los procedimientos que se establezcan, un seguimiento sistemático de las ayudas
concedidas a cada centro, debiendo remitir al Ente Público Extremeño de Servicios Educativos
Complementarios el informe correspondiente.
Vigesimosexto. Publicidad.
Las subvenciones concedidas al amparo de la presente convocatoria, serán publicadas en el
Diario Oficial de Extremadura, en la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura,
dentro del Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, con indicación de la convoca-