Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2025062384)
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto y de material escolar a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Obligatoria y Educación Especial, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 111

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Miércoles 11 de junio de 2025

toria, programa y crédito presupuestario al que se imputan, personas beneficiarias, cantidades concedidas y finalidades de la subvención, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.1 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
en el Portal electrónico de Transparencia de la Junta de Extremadura conforme al artículo 11
de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y, se remitirán a la
Base de Datos Nacional de Subvenciones a los efectos de la publicidad en los términos previstos en el artículo 20.8.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Vigésimo séptimo. Autorización.
Se faculta a la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios para dictar cuantos actos y resoluciones sean necesarios para la ejecución de
la convocatoria.
Vigesimoctavo. Efectos y recursos.
La resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación y la de su extracto en el
Diario Oficial de Extremadura.
Contra la convocatoria, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, recurso
de alzada ante el órgano que la dicta o ante la titular de la Consejería de Educación Ciencia y
Formación Profesional, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo establecido en los artículos 121 y 122
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro
recurso que estime procedente.
Mérida, 4 de junio de 2025.
El Director General del Ente Público
Extremeño de Servicios Educativos
Complementarios
(PD, Resolución del Secretario General
de 10 de enero de 2024,
DOE n.º 9, de 12 de enero),
EDUARDO VILLAVERDE TORRECILLA