Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Indicación Geográfica Protegida. (2025040091)
Decreto 52/2025, de 10 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida "Garbanzo de Valencia del Ventoso".
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NÚMERO 114
Lunes 16 de junio de 2025
I
34138
DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
DECRETO 52/2025, de 10 de junio, por el que se aprueba el Reglamento
de la Indicación Geográfica Protegida "Garbanzo de Valencia del Ventoso".
(2025040091)
Con fecha 31 de mayo de 2023, la Agrupación Promotora de la Indicación Geográfica Protegida (IGP) Garbanzo de Valencia del Ventoso (Cooperativa del Campo San Isidro), con sede en
la localidad de Valencia del Ventoso (Badajoz), presentó una solicitud de inscripción del nombre “Garbanzo de Valencia del Ventoso” en el Registro de denominaciones de origen protegidas (DOP) e indicaciones geográficas protegidas (IGP) de la Unión Europea, al que se refería
el artículo 11 del entonces vigente Reglamento (UE) n.º 1151/2012 del Parlamento europeo
y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos
agrícolas y alimenticios. En la actualidad, este registro se regula en el artículo 22 del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo
a las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como
especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para productos
agrícolas, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1308/2013, (UE) 2019/787 y (UE)
2019/1753, y se deroga el Reglamento (UE) n.º 1151/2012.
Tras comprobarse que la solicitud estaba justificada y cumplía las condiciones para continuar
su tramitación, y una vez sometido el expediente al preceptivo procedimiento nacional de
oposición sin que se haya presentado ninguna declaración de oposición, la Dirección General
de Agricultura y Ganadería de la Junta de Extremadura, como órgano competente en esta materia, adoptó e hizo pública la decisión favorable en relación con la solicitud de inscripción del
nombre “Garbanzo de Valencia del Ventoso”, mediante Resolución de 19 de octubre de 2023,
de la Dirección General de Agricultura y Ganadería ("Diario Oficial de Extremadura" n.º 208,
de 30 de octubre de 2023). Después de publicar la antedicha decisión favorable, se remitió el
expediente al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a los efectos de la transmisión
de la solicitud de inscripción a la Comisión Europea, que lo recibió el 31 de octubre de 2023,
asignándole el número de referencia PGI-ES-03020.
Ulteriormente, la Agrupación Promotora de la Indicación Geográfica Protegida (IGP) Garbanzo
de Valencia del Ventoso ha solicitado, con fecha de 28 de noviembre 2024, la concesión de
la Protección Nacional Transitoria al nombre “Garbanzo de Valencia del Ventoso”. En consecuencia, mediante Resolución de 14 de enero de 2025, de la Dirección General de Agricultura
Lunes 16 de junio de 2025
I
34138
DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
DECRETO 52/2025, de 10 de junio, por el que se aprueba el Reglamento
de la Indicación Geográfica Protegida "Garbanzo de Valencia del Ventoso".
(2025040091)
Con fecha 31 de mayo de 2023, la Agrupación Promotora de la Indicación Geográfica Protegida (IGP) Garbanzo de Valencia del Ventoso (Cooperativa del Campo San Isidro), con sede en
la localidad de Valencia del Ventoso (Badajoz), presentó una solicitud de inscripción del nombre “Garbanzo de Valencia del Ventoso” en el Registro de denominaciones de origen protegidas (DOP) e indicaciones geográficas protegidas (IGP) de la Unión Europea, al que se refería
el artículo 11 del entonces vigente Reglamento (UE) n.º 1151/2012 del Parlamento europeo
y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos
agrícolas y alimenticios. En la actualidad, este registro se regula en el artículo 22 del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo
a las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como
especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para productos
agrícolas, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1308/2013, (UE) 2019/787 y (UE)
2019/1753, y se deroga el Reglamento (UE) n.º 1151/2012.
Tras comprobarse que la solicitud estaba justificada y cumplía las condiciones para continuar
su tramitación, y una vez sometido el expediente al preceptivo procedimiento nacional de
oposición sin que se haya presentado ninguna declaración de oposición, la Dirección General
de Agricultura y Ganadería de la Junta de Extremadura, como órgano competente en esta materia, adoptó e hizo pública la decisión favorable en relación con la solicitud de inscripción del
nombre “Garbanzo de Valencia del Ventoso”, mediante Resolución de 19 de octubre de 2023,
de la Dirección General de Agricultura y Ganadería ("Diario Oficial de Extremadura" n.º 208,
de 30 de octubre de 2023). Después de publicar la antedicha decisión favorable, se remitió el
expediente al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a los efectos de la transmisión
de la solicitud de inscripción a la Comisión Europea, que lo recibió el 31 de octubre de 2023,
asignándole el número de referencia PGI-ES-03020.
Ulteriormente, la Agrupación Promotora de la Indicación Geográfica Protegida (IGP) Garbanzo
de Valencia del Ventoso ha solicitado, con fecha de 28 de noviembre 2024, la concesión de
la Protección Nacional Transitoria al nombre “Garbanzo de Valencia del Ventoso”. En consecuencia, mediante Resolución de 14 de enero de 2025, de la Dirección General de Agricultura