Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025062396)
Resolución de 5 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la ampliación de una planta de deshidratado de alfalfa, promovida por Unión Comercial Forrajera, SA, en Villafranco del Guadiana (Badajoz).
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NÚMERO 114
Lunes 16 de junio de 2025
34314
RESOLUCIÓN de 5 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se otorga autorización ambiental unificada para la ampliación
de una planta de deshidratado de alfalfa, promovida por Unión Comercial
Forrajera, SA, en Villafranco del Guadiana (Badajoz). (2025062396)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 15 de abril de 2024 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura la solicitud de autorización ambiental unificada para la ampliación de una planta
de deshidratado de alfalfa, en Villafranco del Guadiana (Badajoz) y titularidad de Unión Comercial Forrajera, SA, CIF A-22041719.
Segundo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en
las categorías grupo 3 Industria alimentaria, apartado 3.2.b) Instalaciones para tratamiento
y transformación, diferente al mero envasado, de las siguientes materias primas, tratadas
o no previamente, destinadas a la fabricación de productos alimenticios o piensos a partir
de materia prima vegetal, sea fresca, congelada, conservada, precocinada, deshidratada o
completamente elaborada, de una capacidad de producción de productos acabados igual o
inferior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por día en caso de que la instalación funcione
durante un periodo no superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera, y superior a 20
toneladas por día, (el envase no se incluirá en el peso final del producto), del anexo II de la
mencionada ley.
Tercero. La actividad se ubica en el polígono 182, parcela 89, en Villafranco del Guadiana
(Badajoz). Referencia catastral: 06900A18200089000JY.
Cuarto. Mediante Anuncio de 7 de octubre de 2024, publicado en el DOE n.º 206, de 22 de
octubre de 2024, el órgano ambiental dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.3
de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, comunicó al público en general que la solicitud de la autorización ambiental
unificada de la instalación para la ampliación de una planta de deshidratado de alfalfa ubicada
en Villafranco del Guadiana, pedanía de Badajoz, podría ser examinada, durante el plazo de
veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el Diario
Oficial de Extremadura, sin que se haya recibido alegación alguna.
Quinto. Simultáneamente al período de información pública, mediante escrito registrado de
salida con fecha 7 de octubre de 2024, se remite la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) al Ayuntamiento de Badajoz, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada en todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en
Lunes 16 de junio de 2025
34314
RESOLUCIÓN de 5 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se otorga autorización ambiental unificada para la ampliación
de una planta de deshidratado de alfalfa, promovida por Unión Comercial
Forrajera, SA, en Villafranco del Guadiana (Badajoz). (2025062396)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 15 de abril de 2024 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura la solicitud de autorización ambiental unificada para la ampliación de una planta
de deshidratado de alfalfa, en Villafranco del Guadiana (Badajoz) y titularidad de Unión Comercial Forrajera, SA, CIF A-22041719.
Segundo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en
las categorías grupo 3 Industria alimentaria, apartado 3.2.b) Instalaciones para tratamiento
y transformación, diferente al mero envasado, de las siguientes materias primas, tratadas
o no previamente, destinadas a la fabricación de productos alimenticios o piensos a partir
de materia prima vegetal, sea fresca, congelada, conservada, precocinada, deshidratada o
completamente elaborada, de una capacidad de producción de productos acabados igual o
inferior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por día en caso de que la instalación funcione
durante un periodo no superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera, y superior a 20
toneladas por día, (el envase no se incluirá en el peso final del producto), del anexo II de la
mencionada ley.
Tercero. La actividad se ubica en el polígono 182, parcela 89, en Villafranco del Guadiana
(Badajoz). Referencia catastral: 06900A18200089000JY.
Cuarto. Mediante Anuncio de 7 de octubre de 2024, publicado en el DOE n.º 206, de 22 de
octubre de 2024, el órgano ambiental dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.3
de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, comunicó al público en general que la solicitud de la autorización ambiental
unificada de la instalación para la ampliación de una planta de deshidratado de alfalfa ubicada
en Villafranco del Guadiana, pedanía de Badajoz, podría ser examinada, durante el plazo de
veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el Diario
Oficial de Extremadura, sin que se haya recibido alegación alguna.
Quinto. Simultáneamente al período de información pública, mediante escrito registrado de
salida con fecha 7 de octubre de 2024, se remite la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) al Ayuntamiento de Badajoz, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada en todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en