Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025062409)
Resolución de 7 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la gestión de residuos para aparatos eléctricos y electrónicos, promovida por la Fundación Magdalena Moriche, en el término municipal de Badajoz.
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NÚMERO 115
Martes 17 de junio de 2025
34573
4. L
a capacidad máxima de gestión de residuos autorizada total es de 10,20 Tn anuales.
5. L
a capacidad de almacenamiento viene dada por la superficie máxima de almacenamiento
de residuos, que es de 135 m2 y su volumen máximo de 232 m3.
El almacenamiento de los residuos, una vez se hayan separado sus componentes, se clasificarán y almacenarán en diferentes compartimentos protegidos en:
— Sacas pequeñas: 0,9 m x 0,80 m x 0,9 m.
— Sacas grandes: 0,95 m x 0,95 m x 2,00 m.
— Contenedores: 1,15 m x 0,95 m x, 1,00 m.
6. D
eberá aplicarse un procedimiento de admisión de residuos antes de su recogida. Este procedimiento deberá permitir, al titular de la instalación, asegurar que los residuos recogidos
para su almacenamiento coinciden con los indicados en el a.1, y llevar un registro de los
residuos recogidos y gestionados.
El procedimiento de admisión de residuos deberá contemplar al menos:
a) Identificar origen, productor y titular del residuo.
b) Registrar el peso de los residuos, mediante báscula al efecto, diferenciando entre el tipo
de residuo.
c) Inspección visual de los residuos recogidos.
7. M
ientras los residuos se encuentren en la instalación industrial, el titular de ésta estará
obligado a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad. A tal efecto, sin
perjuicio de otras medidas que se consideren convenientes:
— Los RAEE se almacenarán de forma que no se dañen los componentes de los mismos y
se facilite la reutilización, reciclaje o tratamientos posteriores y siguiendo las prescripciones del Anexo VIII del Real Decreto 27/2021.
— El almacenamiento temporal de residuos no se realizará al descubierto, en el exterior de
la nave en ningún caso, y tampoco se amontonarán en lugares de paso. Además, serán
almacenados en contenedores y/o sacas que garanticen su seguridad.
— Se almacenarán sobre solera impermeable, de fácil limpieza (sin grietas y con baja
porosidad) y dentro de la nave. Los RAEE únicamente podrán almacenarse en zona cubierta.
Martes 17 de junio de 2025
34573
4. L
a capacidad máxima de gestión de residuos autorizada total es de 10,20 Tn anuales.
5. L
a capacidad de almacenamiento viene dada por la superficie máxima de almacenamiento
de residuos, que es de 135 m2 y su volumen máximo de 232 m3.
El almacenamiento de los residuos, una vez se hayan separado sus componentes, se clasificarán y almacenarán en diferentes compartimentos protegidos en:
— Sacas pequeñas: 0,9 m x 0,80 m x 0,9 m.
— Sacas grandes: 0,95 m x 0,95 m x 2,00 m.
— Contenedores: 1,15 m x 0,95 m x, 1,00 m.
6. D
eberá aplicarse un procedimiento de admisión de residuos antes de su recogida. Este procedimiento deberá permitir, al titular de la instalación, asegurar que los residuos recogidos
para su almacenamiento coinciden con los indicados en el a.1, y llevar un registro de los
residuos recogidos y gestionados.
El procedimiento de admisión de residuos deberá contemplar al menos:
a) Identificar origen, productor y titular del residuo.
b) Registrar el peso de los residuos, mediante báscula al efecto, diferenciando entre el tipo
de residuo.
c) Inspección visual de los residuos recogidos.
7. M
ientras los residuos se encuentren en la instalación industrial, el titular de ésta estará
obligado a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad. A tal efecto, sin
perjuicio de otras medidas que se consideren convenientes:
— Los RAEE se almacenarán de forma que no se dañen los componentes de los mismos y
se facilite la reutilización, reciclaje o tratamientos posteriores y siguiendo las prescripciones del Anexo VIII del Real Decreto 27/2021.
— El almacenamiento temporal de residuos no se realizará al descubierto, en el exterior de
la nave en ningún caso, y tampoco se amontonarán en lugares de paso. Además, serán
almacenados en contenedores y/o sacas que garanticen su seguridad.
— Se almacenarán sobre solera impermeable, de fácil limpieza (sin grietas y con baja
porosidad) y dentro de la nave. Los RAEE únicamente podrán almacenarse en zona cubierta.