Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Juventud. Ayudas. (2025040084)
Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 116
Miércoles 18 de junio de 2025

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cas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de
Datos).
3. La documentación que se presente en nombre de la asociación, la entidad o el grupo solicitante habrá de firmarse mediante firma electrónica cualificada de quien actúe en su
representación. Si el trámite de registro de la documentación lo realizara persona distinta
de quien ostente la representación de la entidad, deberá seguirse el procedimiento de
inscripción de representaciones voluntarias a través del Registro Electrónico de Representantes. De no seguirse el procedimiento descrito, el órgano instructor requerirá a las
entidades solicitantes la correspondiente subsanación, advirtiendo que de no ser atendido
el requerimiento en el plazo diez días hábiles, se les tendrá por desistidas de su solicitud
o trámite, previa resolución dictada en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre.
Artículo 14. Solicitud de subvención.
1. Las solicitudes de subvención irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General del
Instituto de la Juventud de Extremadura.
La solicitud de la subvención se ajustará al modelo normalizado que se establezca en las
respectivas convocatorias, y se pondrán a disposición de los/as interesados/as en el punto
de acceso general electrónico de los servicios y trámites (https://www.juntaex.es ), en el
apartado de Solicitud y Anexos del trámite.
La solicitud de subvención y abono, así como el resto de la documentación que se aporte,
serán firmadas electrónicamente, en los términos de los artículos 5 y 10 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre.
La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre
el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico www.juntaex.es , dentro de la ficha correspondiente al trámite que se indique en la convocatoria
correspondiente.
2. J unto a la solicitud aportará la siguiente documentación:
a) Proyecto de actividades a desarrollar de conformidad con lo dispuesto en este decreto,
que contendrá un presupuesto económico desglosado por gasto subvencionable de los
mencionados en el artículo 6.
Los proyectos presentados deberán contener al menos: objetivos generales y específicos
de cada actividad, descripción detallada de las actividades a desarrollar, calendario de