Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Juventud. Ayudas. (2025040084)
Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 116
Miércoles 18 de junio de 2025

34850

Se subvencionará para esta línea, como máximo, la cantidad de 310.000,00 euros.
b) Línea II: subvenciones destinadas a financiar proyectos de actividades desarrollados
por entidades prestadoras de servicios a la juventud.
Se subvencionará para esta línea, como máximo, la cantidad de 160.000,00 euros.
c) Línea III: subvenciones destinadas a financiar la puesta en marcha de iniciativas juveniles desarrolladas por grupos de jóvenes no asociados.
Se subvencionará para esta línea, como máximo, la cantidad de 50.000,00 euros.
Segundo. Entidades y grupos beneficiarios.
1. P
 odrán ser beneficiarias de la Línea I de ayudas, las asociaciones juveniles y las entidades
asimiladas a las mismas; para la Línea II de ayudas podrán ser beneficiarias, las entidades
prestadoras de servicios a la juventud.
Además de cumplir los requisitos específicos que se establecen para cada línea de ayudas,
las entidades solicitantes deberán estar legalmente constituidas e inscritas con anterioridad a la fecha de la publicación de la convocatoria, en el Registro de Asociaciones Juveniles
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. P
 ara la Línea III de ayudas, podrán ser beneficiarios los grupos de jóvenes formados por
un mínimo de 3 y un máximo de 8 jóvenes con edades comprendidas entre los 18 y los 30
años (ambos incluidos) debidamente identificados/as.
Una de estas personas asumirá el papel de representante del grupo con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario/as, le corresponden al grupo, en
consecuencia, a todas las personas que lo forman.
Será obligatorio que el grupo tenga una denominación que lo identifique. Así mismo, las
personas que lo compongan deberán estar empadronadas en alguno de los municipios
pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Extremadura en el momento de presentación
de la solicitud. No podrá modificarse la composición del grupo una vez finalizado el plazo
de presentación de solicitudes.
Las personas que formen parte del grupo tendrán responsabilidad solidaria para el cumplimiento de todas las actividades que comprenda el proyecto presentado.
No se admitirá que una persona forme parte o pertenezca a otro grupo no asociado, asociación, sección juvenil o entidad prestadoras de servicios a la juventud, de ámbito autonómico o nacional, solicitante de ayudas para la misma finalidad.