Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Juventud. Ayudas. (2025040084)
Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 116

34863

Miércoles 18 de junio de 2025


Secretaria: D.ª Rut de la Fuente Tovar, Jefa de Negociado de Asuntos Generales y
Subvenciones.
Vocales:
D.ª Belén Díaz Mellado, Jefa de la Sección de Información y Documentación Juvenil.
D. Sergio Fernandez Alonso, Jefe de Sección de Programas Juveniles.
Suplente: D. Juan Diego Gallardo González, Jefe de Sección de Asuntos Generales.
Decimotercero. Resolución del procedimiento.
1. La competencia para resolver los procedimientos de concesión de las subvenciones corresponde a la persona titular de la Presidencia del Instituto de la Juventud de Extremadura,
a propuesta de la persona titular de la Dirección General del Instituto de la Juventud de
Extremadura.
2. E
 l plazo máximo para resolver y notificar la resolución procedente será de tres meses desde
la fecha de la publicación de la convocatoria respectiva. Transcurrido los plazos anteriores
sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, y sin perjuicio de la obligación de
la administración convocante del dictado de dicha resolución, se entenderá desestimada la
pretensión por silencio administrativo, de conformidad con lo previsto en el artículo 22.5 la
Ley 6/2011, de 23 de marzo.
3. L
 as resoluciones de concesión fijarán expresamente la cuantía concedida e incorporarán,
en su caso, las condiciones, obligaciones y determinaciones accesorias a que deba sujetarse la entidad beneficiaria de ésta.
4. L
 a resolución de concesión será publicada en el Diario Oficial de Extremadura:
http://doe.juntaex.es , surtiendo dicha publicación los efectos propios de la notificación,
de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Igualmente


las

subvenciones

concedidas

serán

objeto

de

publicidad

a

tra-

vés de su publicación en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura:
http://gobiernoabierto.juntaex.es/ conforme al artículo 11, de la Ley 4/2013, de 21
de mayo de Gobierno Abierto de Extremadura, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias

y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index , con expresión del programa
de ayudas, el crédito presupuestario al que se imputan, beneficiario, cantidad concedida