Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Juventud. Ayudas. (2025040084)
Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 116
Miércoles 18 de junio de 2025

34862

Asimismo, las Administraciones no exigirán a los interesados la presentación de documentos originales, salvo que, con carácter excepcional, la normativa reguladora aplicable
establezca lo contrario.
Decimoprimero. Ordenación e instrucción del procedimiento.
1. La ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones se realizará
por la Dirección General del Instituto de la Juventud de Extremadura, la cual podrá realizar de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento
y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la correspondiente
propuesta de resolución.
2. En la tramitación de los expedientes de subvención, la instrucción de estos tendrá en cuenta lo siguiente:
a) Para la evaluación de las solicitudes recibidas se constituirá una comisión de valoración,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo siguiente, que emitirá un informe en el que
se concretará el resultado de la evaluación efectuada.
b) La persona titular de la Dirección General del Instituto de la Juventud de Extremadura,
a la vista del expediente, y del informe de la comisión de valoración, del que no podrá
apartarse, emitirá de forma motivada, propuesta de resolución que se elevará, junto
con todo lo actuado, al órgano competente que dictará la correspondiente resolución de
concesión.
3. Las propuestas de resolución no crean derecho alguno a favor de la entidad o el grupo
beneficiario, frente a la Administración, mientras no se haya publicado la resolución de
concesión de la forma establecida en el artículo 18.
Decimosegundo. Comisión de Valoración.
Para la evaluación de las solicitudes de cada línea de ayudas se constituirá una Comisión de
Valoración, que emitirá un informe en el que se concretará el resultado de la evaluación efectuada y que se regirá en cuanto a su constitución y funcionamiento, por lo dispuesto para los
órganos colegiados en la sección 3ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de
1 de octubre.
La Comisión de Valoración para las solicitudes estará integrada por las siguientes personas:
Presidenta: D.ª Marta Sanz del Río, Jefa de Servicio de Gestión del Instituto de la Juventud
de Extremadura.