Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Juventud. Ayudas. (2025040100)
Extracto del Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 116
Miércoles 18 de junio de 2025

34879

EXTRACTO del Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la
participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025. (2025040100)
BDNS(Identif.): 839952
BDNS(Identif.): 839953
BDNS(Identif.): 839954
De conformidad lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de las ayudas destinadas al fomento de la participación juvenil (Líneas I, II y III)
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ) y en el presente DOE.
Primero. Entidades Beneficiarias.
a) Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas de la Línea I, las asociaciones juveniles
y entidades asimiladas a las mismas que lo soliciten en tiempo y forma y, que cumplan
los requisitos establecidos en los artículos 3 y 25 del Decreto 47/2025, de 27 de mayo,
por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas
al fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025, a la
fecha de publicación de la convocatoria.
b) Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas de la Línea II, las entidades prestadoras de servicios a la juventud que lo soliciten en tiempo y forma y, que cumplan los
requisitos establecidos en los artículos 3 y 28 del Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por
el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al
fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025, a la
fecha de publicación de la convocatoria.
c) Podrán ser grupos beneficiarios de las ayudas de la Línea III, los grupos de jóvenes no
asociados que lo soliciten en tiempo y forma y, que cumplan los requisitos establecidos
en los artículos 3 y 32 del Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participación
juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025, a la fecha de publicación de la
convocatoria.
Segundo. Objeto.
Se subvencionarán, con cargo a la convocatoria, las siguientes líneas de ayudas: