Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Juventud. Ayudas. (2025040100)
Extracto del Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 116
Miércoles 18 de junio de 2025

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a) Línea I: Subvenciones destinadas a financiar proyectos de actividades desarrollados por
asociaciones juveniles y entidades asimiladas a las mismas.
b) Línea II: Subvenciones destinadas a financiar proyectos de actividades desarrollados
por entidades prestadoras de servicios a la juventud.
c) Línea III: Subvenciones destinadas a financiar la puesta en marcha de iniciativas juveniles desarrolladas por grupos de jóvenes no asociados.
La finalidad de estas ayudas es apoyar el desarrollo de iniciativas y proyectos que tenga como
destinataria la población joven de Extremadura y cuenten entre sus objetivos o medidas de
actuación, las señaladas en el artículo 5 del Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la
participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025.
Tercero. Bases reguladoras.
La convocatoria se regirá por las normas contenidas en el Decreto 47/2025, de 27 de mayo,
por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025.
Cuarto. Cuantía.
a) Para la Línea I. Ayudas a asociaciones juveniles y entidades asimiladas a las mismas, se
destinará una cantidad total de trescientos diez mil euros (310.000,00 €); proyecto de
gasto 20001210, denominado “Participación Juvenil: Ayudas al Movimiento Asociativo
Juvenil”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura
para el ejercicio 2025.
Se establece una cuantía mínima de ayuda de 3.000 euros y una máxima de 7.000 euros. No obstante, en el caso de que el importe solicitado por una entidad sea inferior a
la cuantía resultante de la aplicación del baremo siguiente, la cantidad subvencionada
será equivalente a la solicitada.
b) Para la Línea II. Ayudas a entidades prestadoras de servicios a la juventud. se destinará una cantidad total de ciento sesenta mil euros (160.000,00 €); proyecto de gasto
20001210, denominado “Apoyo A Proyectos de Entidades Prestadoras de Servicio a la
Juventud”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura
para el ejercicio 2025.
Se establece una cuantía mínima de ayuda de 4.000 euros y una máxima de 12.000
euros. No obstante, en el caso de que el importe solicitado por una entidad sea inferior