Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2025062436)
Resolución de 6 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
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NÚMERO 116
Miércoles 18 de junio de 2025

35190

a) Sustitución de andamios de trabajo por sistemas de andamios modulares, conforme
a normativa legal y técnica en vigor (normas UNE EN 1004-1:2021 y UNE EN 10042:2022).
Debe garantizarse la destrucción o achatarramiento acreditado por gestor de residuos
autorizado de los andamios sustituidos.
b) Instalaciones y sistemas para el control en el origen de agentes químicos peligrosos y
agentes cancerígenos o mutágenos en los centros de trabajo de la empresa que solicita
la subvención.
Los agentes referidos serán los incluidos en las definiciones establecidas en los Reales
Decretos 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los
trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo
y Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra
los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.
c) Adaptación y/o sustitución de equipos de trabajo en centros de trabajo del beneficiario
que solicita la subvención. Sustitución de equipos de trabajo, con una antigüedad superior a diez años desde la fecha de fabricación, por equipos nuevos que se utilicen para
realizar operaciones similares, siempre que se mejoren las condiciones de seguridad de
los trabajadores.
Se debe garantizar la destrucción o achatarramiento acreditado por gestor de residuos
autorizado de los equipos de trabajo sustituidos.
Las adaptaciones y los equipos de trabajo adquiridos deberán adecuarse a lo indicado
en el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones
mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de
trabajo, y sus modificaciones posteriores.
En caso de tratarse de escaleras de mano y/o plataformas de trabajo, la sustitución y
adquisición de escaleras de mano de uso profesional (escalera doble de tijera, escalera
extensible, escalera transformable, escalera mixta con rótula y escaleras con plataforma), deberá hacerse conforme a normativa legal y técnica en vigor (Certificadas con
normas UNE EN 131). Debe garantizarse la destrucción o achatarramiento acreditado
por gestor de residuos autorizado de las escaleras sustituidas. Cuando se trate de la
adquisición de plataformas de trabajo plegables, deberá ser conforme a UN 14183 para
uso industrial de anchura mínima de plataforma de 60cm, incluido los accesorios para
su protección.