Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2025062436)
Resolución de 6 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
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NÚMERO 116
Miércoles 18 de junio de 2025
35189
Las comunidades de bienes u otras agrupaciones sin personalidad jurídica no podrán
disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos
45 y 70 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
c) Ejercer una actividad económica, así como tener centro de trabajo o realizar trabajos
como contratista de obras de construcción en el territorio de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
d) Estar inscritos en el correspondiente registro público de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, cuando este requisito fuera exigible conforme a la normativa aplicable.
e) N
o estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como cumplir, con carácter
general, las obligaciones previstas en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
f) Tener contratados trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena, con un mínimo de, al menos, un trabajador/a y en un número no superior a 50 en todo el territorio nacional, en la
fecha de la publicación de la convocatoria de las subvenciones reguladas en las presentes
bases reguladoras en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ).
g) No haber sido sancionada, con carácter firme, por infracciones muy graves, en materia
de prevención de riesgos laborales, conforme a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre
Infracciones y Sanciones en el Orden Social, durante los cinco años inmediatamente
anteriores a la fecha de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es ) de la convocatoria de las subvenciones.
h) D
isponer de organización preventiva adecuada a la legislación vigente sobre prevención
de riesgos laborales, que incluya todas las disciplinas o especialidades preventivas:
Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada y Medicina del Trabajo.
Cuarto. Actuaciones subvenciones.
1. Son actuaciones subvencionables, conforme a lo establecido en el artículo 4 del decreto, la
realización de las siguientes inversiones, de forma individualizada o en conjunto de actuaciones preventivas:
Miércoles 18 de junio de 2025
35189
Las comunidades de bienes u otras agrupaciones sin personalidad jurídica no podrán
disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos
45 y 70 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
c) Ejercer una actividad económica, así como tener centro de trabajo o realizar trabajos
como contratista de obras de construcción en el territorio de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
d) Estar inscritos en el correspondiente registro público de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, cuando este requisito fuera exigible conforme a la normativa aplicable.
e) N
o estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como cumplir, con carácter
general, las obligaciones previstas en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
f) Tener contratados trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena, con un mínimo de, al menos, un trabajador/a y en un número no superior a 50 en todo el territorio nacional, en la
fecha de la publicación de la convocatoria de las subvenciones reguladas en las presentes
bases reguladoras en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ).
g) No haber sido sancionada, con carácter firme, por infracciones muy graves, en materia
de prevención de riesgos laborales, conforme a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre
Infracciones y Sanciones en el Orden Social, durante los cinco años inmediatamente
anteriores a la fecha de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es ) de la convocatoria de las subvenciones.
h) D
isponer de organización preventiva adecuada a la legislación vigente sobre prevención
de riesgos laborales, que incluya todas las disciplinas o especialidades preventivas:
Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada y Medicina del Trabajo.
Cuarto. Actuaciones subvenciones.
1. Son actuaciones subvencionables, conforme a lo establecido en el artículo 4 del decreto, la
realización de las siguientes inversiones, de forma individualizada o en conjunto de actuaciones preventivas: