Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2025062436)
Resolución de 6 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
37 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 116
Miércoles 18 de junio de 2025

35193

h) L
 a adquisición de equipos usados y/o la compra a particulares o a entidades que no
estén autorizadas para la venta de los equipos subvencionados.
i) La adquisición de equipos que no se correspondan con la actividad desarrollada por la
empresa, con el número de trabajadores contratados que puedan utilizarlos o para su
utilización en operaciones no permitidas por el fabricante.
j) Los equipos o máquinas que sirvan de soporte o sobre los que se instalen aquellos objetos de subvención.
3. Los equipos e instalaciones objeto de la subvención, adquiridos por la empresa, deberán
cumplir en su comercialización y utilización, cualquier disposición legal o reglamentaria que
les sea de aplicación.
4. Las inversiones objeto de subvención, enumeradas en el apartado 1, deberán realizarse
a partir de la publicación de esta convocatoria en el DOE y como máximo hasta el 31 de
octubre de 2025.
Quinto. Gastos subvencionables.
1. Se consideran gastos subvencionables, aquellos que de manera indubitada respondan a la
naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen
en el plazo establecido en el resuelvo anterior, en los términos establecidos en el artículo
36 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. Asimismo, podrán ser objeto de subvención:
a) Las cantidades abonadas a las empresas proveedoras por el transporte y la instalación
de los equipos nuevos en el centro de trabajo.
b) Los gastos derivados de la destrucción o achatarramiento de los equipos o elementos
sustituidos, incluyendo el desmontaje, transporte y depósito en las instalaciones del
gestor autorizado de residuos y los costes de gestión de los residuos peligrosos existentes en los mismos, incluyendo el transporte y la gestión de los residuos por gestor
autorizado.
En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al
valor de mercado. Se considerarán gastos subvencionables los directamente relacionados
con la ejecución de la actuación subvencionada, excluido el IVA, tomando como referencia
los precios establecidos en la base de precios de la construcción de la Junta de Extremadura en vigor, o en su caso, las valoraciones predominantes en el mercado.