D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250503-5)
Convenio – Convenio de 9 de abril de 2025, entre la Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid y la Universidad Rey Juan Carlos, para el desarrollo y ejecución del programa “Desarrollo de Actividades de la Clínica Jurídica de la Universidad Rey Juan Carlos en Centros para Personas con Discapacidad Intelectual”
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 105
SÁBADO 3 DE MAYO DE 2025
Pág. 53
ra de la atención directa de los usuarios, sus aspectos asistenciales, sociales y lúdicos, garantizando una atención personalizada, así como la mejora de la calidad de los servicios”.
Que la Universidad Rey Juan Carlos (en adelante URJC) es una institución de Derecho Público, que, tiene entre sus fines de conformidad con el artículo 3.g) de sus Estatutos
“Procurar la mayor proyección social de sus actividades, mediante el establecimiento de
cauces de colaboración y asistencia a la sociedad, con el fin de favorecer el progreso social,
económico y cultural; con atención particular a la formación continua de los mayores y los
discapacitados”.
Es por ello que, mediante Resolución de 22 de enero de 2020, del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, se aprobó el Reglamento de las “Clínicas Sociales Universitarias de la
Universidad Rey Juan Carlos” (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de
febrero de 2020, número 38). De acuerdo con el Preámbulo del mencionado Reglamento, las
Clínicas Sociales Universitarias de la URJC, fiel reflejo del compromiso de la institución con
la mejora de la formación académica de los estudiantes y la “defensa de los derechos e intereses de personas y colectivos en situación de vulnerabilidad”, está especializada en la atención integral y la inclusión de personas con discapacidad intelectual valorando las necesidades de las familias en el ámbito jurídico y adaptándose a las demandas que surjan, con el fin
de facilitar la información, asesoramiento y difusión de los derechos de las personas con discapacidad.
Que, a tal efecto, la Agencia Madrileña de Atención Social y la Universidad Rey Juan
Carlos, desean establecer a través de estas Clínicas Sociales un convenio de colaboración
con el fin de desarrollar un programa de información, formación, sensibilización y apoyo a
familias, a las personas con discapacidad intelectual y a los profesionales de la AMAS.
Que el texto de este convenio da cumplimiento a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que dedica el Capítulo VI del Título Preliminar, a los convenios de colaboración, y siendo éste un convenio entre un organismo público y una institución de Derecho Público, conforme a lo dispuesto en el artículo 47.2.a)
de la citada ley, siendo de aplicación lo dispuesto en los artículos 47 a 53 de la referida ley,
así como el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, incluyendo todos los aspectos exigidos en el mismo.
Por lo expuesto, ambas partes estiman conveniente suscribir el presente convenio, con
arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Clausula primera
Objeto
El objeto de este convenio es establecer la colaboración entre la Agencia Madrileña de
Atención Social y la Universidad Rey Juan Carlos, que permita, a través del Programa “Clínica Jurídica de la Universidad Rey Juan Carlos en Centros para Personas con Discapacidad Intelectual de la AMAS” desarrollar una labor de información, formación, sensibilización y apoyo jurídico a las personas con discapacidad intelectual en los centros adscritos a
la Agencia Madrileña de Atención Social y sus familias y profesionales. La clínica jurídica se regula en el Reglamento de Clínicas Sociales Universitarias de la Universidad Rey
Juan Carlos.
Cláusula segunda
1. Actividades:
Las principales actividades de este convenio están dirigidas a las personas con discapacidad intelectual y sus familiares, y consisten en dar charlas, prestar apoyo y asesoramiento jurídico gratuito sobre cuestiones de interés para este ámbito de la población.
Se otorgará un especial asesoramiento en cuestiones relacionadas con la Ley 8/2021,
de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, dado el cambio de paradigma en la consideración de la capacidad de obrar de las personas con discapacidad, convirtiéndose este aspecto en uno de los principales focos y objetivos de la práctica de la Clínica
BOCM-20250503-5
Descripción de los trabajos
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 105
SÁBADO 3 DE MAYO DE 2025
Pág. 53
ra de la atención directa de los usuarios, sus aspectos asistenciales, sociales y lúdicos, garantizando una atención personalizada, así como la mejora de la calidad de los servicios”.
Que la Universidad Rey Juan Carlos (en adelante URJC) es una institución de Derecho Público, que, tiene entre sus fines de conformidad con el artículo 3.g) de sus Estatutos
“Procurar la mayor proyección social de sus actividades, mediante el establecimiento de
cauces de colaboración y asistencia a la sociedad, con el fin de favorecer el progreso social,
económico y cultural; con atención particular a la formación continua de los mayores y los
discapacitados”.
Es por ello que, mediante Resolución de 22 de enero de 2020, del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, se aprobó el Reglamento de las “Clínicas Sociales Universitarias de la
Universidad Rey Juan Carlos” (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de
febrero de 2020, número 38). De acuerdo con el Preámbulo del mencionado Reglamento, las
Clínicas Sociales Universitarias de la URJC, fiel reflejo del compromiso de la institución con
la mejora de la formación académica de los estudiantes y la “defensa de los derechos e intereses de personas y colectivos en situación de vulnerabilidad”, está especializada en la atención integral y la inclusión de personas con discapacidad intelectual valorando las necesidades de las familias en el ámbito jurídico y adaptándose a las demandas que surjan, con el fin
de facilitar la información, asesoramiento y difusión de los derechos de las personas con discapacidad.
Que, a tal efecto, la Agencia Madrileña de Atención Social y la Universidad Rey Juan
Carlos, desean establecer a través de estas Clínicas Sociales un convenio de colaboración
con el fin de desarrollar un programa de información, formación, sensibilización y apoyo a
familias, a las personas con discapacidad intelectual y a los profesionales de la AMAS.
Que el texto de este convenio da cumplimiento a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que dedica el Capítulo VI del Título Preliminar, a los convenios de colaboración, y siendo éste un convenio entre un organismo público y una institución de Derecho Público, conforme a lo dispuesto en el artículo 47.2.a)
de la citada ley, siendo de aplicación lo dispuesto en los artículos 47 a 53 de la referida ley,
así como el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, incluyendo todos los aspectos exigidos en el mismo.
Por lo expuesto, ambas partes estiman conveniente suscribir el presente convenio, con
arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Clausula primera
Objeto
El objeto de este convenio es establecer la colaboración entre la Agencia Madrileña de
Atención Social y la Universidad Rey Juan Carlos, que permita, a través del Programa “Clínica Jurídica de la Universidad Rey Juan Carlos en Centros para Personas con Discapacidad Intelectual de la AMAS” desarrollar una labor de información, formación, sensibilización y apoyo jurídico a las personas con discapacidad intelectual en los centros adscritos a
la Agencia Madrileña de Atención Social y sus familias y profesionales. La clínica jurídica se regula en el Reglamento de Clínicas Sociales Universitarias de la Universidad Rey
Juan Carlos.
Cláusula segunda
1. Actividades:
Las principales actividades de este convenio están dirigidas a las personas con discapacidad intelectual y sus familiares, y consisten en dar charlas, prestar apoyo y asesoramiento jurídico gratuito sobre cuestiones de interés para este ámbito de la población.
Se otorgará un especial asesoramiento en cuestiones relacionadas con la Ley 8/2021,
de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, dado el cambio de paradigma en la consideración de la capacidad de obrar de las personas con discapacidad, convirtiéndose este aspecto en uno de los principales focos y objetivos de la práctica de la Clínica
BOCM-20250503-5
Descripción de los trabajos