D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250503-5)
Convenio –  Convenio de 9 de abril de 2025, entre la Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid y la Universidad Rey Juan Carlos, para el desarrollo y ejecución del programa “Desarrollo de Actividades de la Clínica Jurídica de la Universidad Rey Juan Carlos en Centros para Personas con Discapacidad Intelectual”
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 3 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 105

Jurídica, obteniendo como beneficios el conocimiento por parte de estas personas y de sus
familias del contenido de la ley, repercusiones que tiene la misma para sus situaciones concretas, cambios que ha introducido esta reforma, procedimientos y los derechos contemplados en la nueva regulación.
También, se orientará y ayudará en materias como patrimonio protegido, ingresos involuntarios, voluntades anticipadas y otras cuestiones relacionadas con el mundo jurídico
que son de gran interés para las familias como agentes facilitadores de los derechos de las
personas con discapacidad.
Esto supone un acompañamiento a las familias, profesionales y personas con discapacidad intelectual que lo deseen en la gestión y orientación personalizada en los temas antes
citados.
Además, la Clínica Jurídica, como servicio, facilitará la comprensión en el acceso a los
procedimientos judiciales, sentencias y otros ámbitos de la Ley.
Para cuestiones tales como consultas, solicitudes de asesoramiento, acompañamiento
y orientación personalizada, serán las personas interesadas las que solicitarán a la Clínica
Jurídica la prestación de esta asistencia, a través de una hoja de solicitud facilitada por la
Clínica Jurídica de dicha Universidad.
También se atenderán otras cuestiones de interés público o particular, que tengan
transcendencia social y jurídica que sean solicitadas por estas personas.
Las charlas que deban impartirse en cada centro tendrán lugar en los espacios que disponga la dirección del centro. En las charlas se repartirán folletos, guías jurídicas y se reproducirán videos informativos.
Las jornadas de apoyo se desarrollarán durante los meses de enero a junio del año en
curso. Las sesiones se harán a demanda de los centros, en jornada de mañana o tarde. Los
días y horarios de las jornadas se establecerán de conformidad con los diferentes centros.
2. Personas que intervienen:
Las actividades anteriormente expuestas serán desempeñadas por parte de los estudiantes de la Universidad Rey Juan Carlos, siempre de manera tutelada.
El artículo 12 del Reglamento que regula las Clínicas Sociales Universitarias de la
Universidad Rey Juan Carlos dispone que, las actividades llevadas a cabo por los estudiantes en el marco de las Clínicas Sociales Universitarias, según la modalidad de participación,
su tipología, el número de plazas ofertadas, darán lugar a su reconocimiento como prácticas externas curriculares o extracurriculares, por lo que se tendrá en cuenta el perfil curricular de los participantes para su selección.
Por su parte, el artículo 14 de dicha norma establece que los alumnos que podrán participar en las Clínicas Sociales Universitarias son los estudiantes de tercer y cuarto año de
Grado, Dobles Grados y los de Másteres Oficiales Universitarios de la Universidad Rey
Juan Carlos.
El personal que desarrolle las actividades contenidas en el programa dependerán de la
Universidad, o en su caso, de las Clínicas Sociales Universitarias de la Universidad Rey
Juan Carlos.
La actividad desarrollada por los estudiantes tendrá carácter meramente académico, en
ningún caso laboral, contractual y no supondrá vinculación de este carácter con la AMAS
o con la Consejería a la que este organismo está adscrito.
Dicho personal dependerá exclusivamente de la URJC, por cuanto ésta tendrá todos
los derechos y deberes inherentes a su condición de alumnado en relación con el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social e Higiene en
el trabajo, sin que el AMAS asuma ningún tipo de responsabilidad al respecto.
3. Coordinación de actividades:
De conformidad con el artículo 13 del Reglamento citado anteriormente, la actividad
llevada a cabo por los estudiantes será supervisada por un tutor académico.
Los tutores académicos serán profesores de las titulaciones vinculadas con cada Clínica Social Universitaria que así lo soliciten. El régimen de tutorías se regulará según lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Una vez aceptada la tutela de un proyecto, corresponde a cada tutor contactar con el
equipo de estudiantes asignado, al que proporcionará guías y directrices para el estudio del
caso y para la propuesta de solución, además de corregir y evaluar las diferentes propuestas presentadas por los estudiantes.

BOCM-20250503-5

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