C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250524-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 10 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Coordinadora Integral Óptica de Servicios Agrupados, S. L. (Código número 28102172012018)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 123

SÁBADO 24 DE MAYO DE 2025

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Grupo 1: Dirección.
A. Criterios generales.
El personal perteneciente a este grupo planifica, organiza, dirige y coordina las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la Empresa, toma decisiones de alto nivel y/o participa en su
elaboración y supone la posibilidad de integración en el Comité de Dirección de la Empresa, colaborando estrechamente con su Dirección General.
Realiza funciones que comprenden la elaboración de la política de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materiales, la
orientación y el control de las actividades de la organización conforme al programa establecido o a
la política adoptada; el establecimiento y mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el
desarrollo de la política financiera o comercial.
Competencia en un amplio conjunto de actividades profesionales de gran complejidad realizadas
en diversos contextos, a menudo impredecibles, que implica planificar acciones o idear productos,
procesos o servicios. Gran autonomía personal. Responsabilidad frecuente en la asignación de
recursos, en el análisis, diagnóstico, diseño, planificación, ejecución y evaluación.
A. Formación.
Titulación superior en general. Comprende conocimientos teóricos y prácticos de alto grado adecuados a las necesidades de gestión de la Empresa.
B. Ejemplos.
En este grupo profesional se incluyen todas aquellas categorías que, por analogía, son equiparables a las siguientes:
Director General
Director Financiero
Director Comercial
Grupo 2: Mandos Intermedios.
A. Criterios generales
El personal perteneciente a este grupo realiza funciones que suponen la integración, coordinación y
supervisión de funciones, realizadas por un conjunto de colaboradores en una misma unidad funcional, así como el manejo, intercambio y utilización eficiente de recursos humanos y materiales múltiples, con sujeción eficiente a objetivos de rentabilidad y crecimiento, incluso a medio y largo plazo.
Puede suponer la ejecución de tareas técnicas complejas y heterogéneas, con objetivos globales
definidos y alto grado de exigencia en autonomía, iniciativa y responsabilidad, así como funciones
que suponen responsabilidad completa por la gestión de una o varias áreas funcionales de la Empresa, a partir de directrices emanadas del personal perteneciente al grupo profesional de dirección, a los que deben dar cuenta de su gestión.
Competencia en un amplio conjunto de actividades profesionales complejas realizadas en una gran
variedad de contextos que requieren conjugar variables de tipo técnico, económico u organizativo
para planificar acciones, definir o desarrollar proyectos, procesos, productos o servicios. Requiere
capacidad de ordenación y programación de las tareas del personal bajo su mando, aunque pueda
requerir la supervisión de técnicos o profesionales titulados.

Formación Profesional II o Diplomatura o carreras técnicas, administrativas, comerciales o de gestión de nivel medio. Cabe incluir igualmente en este grupo profesionales no titulados, pero de gran
experiencia y conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión equivalentes a Estudios
Universitarios de Grado Medio, completada con una experiencia dilatada en su sector profesional,
o a Estudios Universitarios de Grado Superior, completada con una formación específica en el
puesto de trabajo.
Tareas consistentes en la ejecución de operaciones que, aun cuando se realicen bajo instrucciones precisas, requieran adecuados conocimientos profesionales y aptitudes prácticas y cuya responsabilidad está limitada por una supervisión directa o sistemática.

BOCM-20250524-2

B. Formación.