Majadahoda (BOCM-20250527-64)
Urbanismo. Plan general
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 214
MARTES 27 DE MAYO DE 2025
o
o
o
B.O.C.M. Núm. 125
Se admite, como uso compatible, el uso terciario comercial en clases “a” (local comercial)
y “b” (mediana superficie), en situación de planta baja e inferiores a la baja. En todo caso,
el uso terciario comercial podrá suponer un máximo del 25% de la superficie edificable
máxima del ámbito y deberá situarse en el fondo máximo de 2º metros desde la alineación
de la manzana residencial a la zona verde contigua a la calle Doctor Calero.
La altura libre de las plantas será de 2,50 metros para el uso residencial y de 3,00 metros
para los usos dotacional y de servicios terciarios.
La ocupación máxima sobre rasante será del 50%.
Condiciones de desarrollo particulares (suelos de cesión zona verde, RL-ZV):
-
Para los suelos de cesión calificados como red local de zona verde, se cumplirán las condiciones
generales de las Normas Urbanísticas del Plan General.
Condiciones particulares (suelos de cesión red viaria, RL-V):
-
Para los suelos de cesión calificados como red local de infraestructura viaria, se cumplirán las
condiciones generales de las Normas Urbanísticas del Plan General.
Cargas urbanísticas generales:
-
-
Cesión del suelo capaz de acoger el 5% del incremento de la superficie edificable del ámbito,
mediante monetización por su valor equivalente.
Cesión de redes públicas urbanizadas.
Costear y ejecutar la totalidad de las obras de urbanización incluida la parte de las infraestructuras
necesarias para asegurar la conexión con las redes generales.
Condiciones de protección ambiental:
-
-
Con carácter general, se cumplirán las condiciones ambientales especificadas en el Documento
Ambiental Estratégico, en el Informe Ambiental Estratégico y en los informes sectoriales.
Con carácter particular se cumplirán todas las medidas establecidas en el Documento Ambiental
Estratégico, para las fases de obras, explotación y de vigilancia ambiental, recogidas también en el
artículo 139bis (tras del 139 -Definición y aplicación) de las NNUU del PGOU, denominado
“Condiciones de Protección Ambiental en el ámbito de la Modificación Puntual de 3 zonas de suelo
urbano (Arcipreste de Hita, La Leontina y Nortron)”.
BOCM-20250527-64
Majadahonda, a 21 de mayo de 2025.—El concejal-delegado de Urbanismo, Vivienda, Obras e Infraestructuras, Raúl Terrón Fernández.
(03/7.353/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 214
MARTES 27 DE MAYO DE 2025
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B.O.C.M. Núm. 125
Se admite, como uso compatible, el uso terciario comercial en clases “a” (local comercial)
y “b” (mediana superficie), en situación de planta baja e inferiores a la baja. En todo caso,
el uso terciario comercial podrá suponer un máximo del 25% de la superficie edificable
máxima del ámbito y deberá situarse en el fondo máximo de 2º metros desde la alineación
de la manzana residencial a la zona verde contigua a la calle Doctor Calero.
La altura libre de las plantas será de 2,50 metros para el uso residencial y de 3,00 metros
para los usos dotacional y de servicios terciarios.
La ocupación máxima sobre rasante será del 50%.
Condiciones de desarrollo particulares (suelos de cesión zona verde, RL-ZV):
-
Para los suelos de cesión calificados como red local de zona verde, se cumplirán las condiciones
generales de las Normas Urbanísticas del Plan General.
Condiciones particulares (suelos de cesión red viaria, RL-V):
-
Para los suelos de cesión calificados como red local de infraestructura viaria, se cumplirán las
condiciones generales de las Normas Urbanísticas del Plan General.
Cargas urbanísticas generales:
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Cesión del suelo capaz de acoger el 5% del incremento de la superficie edificable del ámbito,
mediante monetización por su valor equivalente.
Cesión de redes públicas urbanizadas.
Costear y ejecutar la totalidad de las obras de urbanización incluida la parte de las infraestructuras
necesarias para asegurar la conexión con las redes generales.
Condiciones de protección ambiental:
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Con carácter general, se cumplirán las condiciones ambientales especificadas en el Documento
Ambiental Estratégico, en el Informe Ambiental Estratégico y en los informes sectoriales.
Con carácter particular se cumplirán todas las medidas establecidas en el Documento Ambiental
Estratégico, para las fases de obras, explotación y de vigilancia ambiental, recogidas también en el
artículo 139bis (tras del 139 -Definición y aplicación) de las NNUU del PGOU, denominado
“Condiciones de Protección Ambiental en el ámbito de la Modificación Puntual de 3 zonas de suelo
urbano (Arcipreste de Hita, La Leontina y Nortron)”.
BOCM-20250527-64
Majadahonda, a 21 de mayo de 2025.—El concejal-delegado de Urbanismo, Vivienda, Obras e Infraestructuras, Raúl Terrón Fernández.
(03/7.353/25)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791