Galapagar (BOCM-20250529-95)
Organización y funcionamiento. Reglamento instalaciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 127

d)

Hacer uso de las piscinas, quienes padezcan alguna enfermedad infecto-contagiosa de
transmisión hídrica o dérmica, heridas abiertas, etc. Si el personal de la instalación tuviera
fundadas sospechas de que algún usuario padece una infección de este tipo, se podrá
exigir la presentación de una autorización médica por escrito para el acceso a la piscina. Si
fuera necesario se le denegará el acceso a la instalación como medida preventiva.
e) No está permitido correr, empujar, colgarse de las corcheras, escupir, miccionar, y en
general todo lo que pueda molestar el baño de los demás usuarios o vaya en detrimento
de la calidad de la lámina de agua.
f) En piscinas con pediluvio, no está permitido el acceso saltando el mismo.
g) El uso de gafas de buceo, aletas, o cualquier otro material, excepto el material de
enseñanza deberá ser autorizado por el monitor o el socorrista.
h) Introducir toda clase de objetos cortantes en el recinto de piscina, botellas, vasos, etc.
i) Comer y beber en la piscina y vestuarios, y bañarse con chicles en la boca.
j) El uso de jabones en las duchas de la piscina.
k) Entrar en el agua con objetos que se puedan desprender a causa del movimiento o producir
daño a los demás usuarios, como horquillas, anillos, pulseras, relojes, cadenas, etc.
l) La utilización de ropa interior para el baño.
m) La utilización de cremas, aceites, productos de maquillaje.
n) La entrada con la mochila o bolsos al vaso de la piscina.
o) Tirarse al agua de cualquier forma. (De cabeza, de pie, de espalda, etc.), salvo autorización
del monitor o socorrista.
p) La entrada a la piscina con escarpines que hayan sido utilizados a modo de zapatillas de
playa.
q) El acceso al vaso a los menores de edad sin la tutela o autorización de un adulto, técnico
deportivo o del socorrista.

7. Normas de la calle libre.
a)
b)
c)
d)
e)

f)

g)

No está permitido el uso recreativo en esta zona.
Para una correcta utilización de la calle es obligatorio nadar por la derecha de la calle.
No está permitido pararse en medio de la calle, ni agarrarse ni sentarse en las corcheras.
Las piscinas tienen su aforo máximo limitado en función de su utilización en las diversas bandas
horarias. A tal efecto, cada instalación dispondrá de un rótulo indicativo de sus aforos máximos.
Por regla general y respetando lo dispuesto en el apartado anterior, el número máximo de
personas por calle será de 8 para vasos de 25 metros. Si ya existiera ese número y llega
un nuevo usuario deberá esperar a que salga de la calle otro usuario para poder entrar.
Habrá dos calles libres, a no ser que circunstancias excepcionales de programación
impliquen lo contrario. Una será para los usuarios más avanzados y que puedan nadar de
forma continua (calle rápida) y otra lenta.
Para los menores de edad, no entrar en la calle de nado libre, sin la autorización del técnico
deportivo o del socorrista.

8. No obstante, lo detallado en las presentes normas, el técnico deportivo o el socorrista podrá
organizar la calle de otra forma a la aquí señalada, y será el último responsable de las condiciones
de utilización de la misma, quien deberá autorizar entre otros:
a)
b)
c)

La utilización de aletas y palas dependiendo del volumen de bañistas que estén en ese
momento en la piscina y siempre con la conformidad del monitor o el socorrista.
El material auxiliar (tablas, churros, pullboys, etc.), de uso exclusivo para los cursillos, o con
autorización del monitor o del socorrista.
La no obediencia a estas normas será motivo de expulsión de la piscina.

SALAS POLIVALENTES
1.- El uso de las salas polivalentes será para las actividades aprobadas por la Concejalía de Deportes,
debiendo ésta consentir explícitamente, las actividades que se puedan realizar en las mismas.

SALA DE MUSCULACIÓN
1.- Es obligatorio:
a)

Antes de usar cualquier aparato desconocido, consultar con el técnico de la sala de
musculación. En caso contrario, el centro no se hace responsable de las consecuencias de
una incorrecta utilización del equipamiento.

BOCM-20250529-95

2.- El aforo para reservas será de un máximo de 20 personas.