Galapagar (BOCM-20250529-95)
Organización y funcionamiento. Reglamento instalaciones
34 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 127
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE MAYO DE 2025
Pág. 473
4. Cuando se quieran utilizar sticks, pelotas, discos u otros implementos, se deberá alquilar la pista
completa y deberá haber un adulto presente que se responsabilice de la actividad.
5. No se permite el uso de ceras o cualquier tipo de deslizante en los elementos de práctica.
ROCÓDROMO
1. Para acceder y usar la instalación es necesario estar en posesión de la licencia de la Federativa
Madrileña de Montañismo, salvo autorización de la Concejalía de Deportes.
2. En caso de ser menor de 18 años, además de la autorización de los padres o tutores, deberán
estar siempre acompañados de una persona mayor de edad responsable de ellos.
3. Es obligatorio:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
Dar cuenta a la Concejalía de Deportes de cualquier observación o situación anómala que
se encuentre, movimientos de presas, rotura de seguros, comportamientos anormales, etc.
Se deberá utilizar el ocho como nudo de aseguramiento.
Utilizar el rocódromo con compañero de cordada, no pudiendo estar escalando los dos a la
vez. Uno será siempre el encargado de la seguridad.
Usar material e indumentaria adecuada, (pies de gato, cuerda dinámica, arnés de escalada,
grigri o auto bloqueante, casco, cintas exprés y ropa deportiva), material homologado por
norma CE UIA, salvo autorización de la Concejalía de Deportes.
Se deberá mosquetonear todos los seguros.
En caso de que el usuario encuentre cuerdas montadas será obligatorio escalar con cuerda
por arriba o tope rope.
4. No se permite:
a)
b)
c)
d)
e)
Rebasar la zona de Boulder (delimitada por la franja roja ubicada a 2 metros de la base
aproximadamente) sin estar encordado.
Rebasar un anclaje sin asegurarse a él.
Ocupar vías que no se están utilizando.
Manipular (quitar, poner o cambiar) presas y/o anclajes.
Más de una cuerda por descuelgue.
PISTA VOLEY PLAYA
1. Para la modificación de la altura de la red habrá informar al personal de la instalación, y será éste
quien realice la operación, no pudiendo realizarse por los usuarios, salvo a autorización del personal
municipal.
2- No podrán haber más de 12 deportistas en la pista, salvo autorización expresa de la Concejalía
de Deportes.
TATAMI
1. Es obligatorio acceder descalzo, con calcetines o con calzado específico que solo se utilice dentro
del tatami.
2. Los Tatamis no podrán ser montados, desmontados o modificados sin autorización expresa de la
Concejalía de Deportes.
CALISTENIA
-
-
Zona de seguridad que supone todo el espacio que puede ocupar el deportista en su caída. La
superficie total de la zona de seguridad del parque ocupa aproximadamente 150 metros
cuadrados, siendo la distancia de seguridad desde la vertical de cada aparato de 2 metros
lineales en todas las direcciones, definiendo el perímetro de seguridad de la instalación.
Zona periférica: Se trata del resto del recinto delimitado por los cerramientos perimetrales. Este
será el único lugar autorizado para que permanezcan aquellos usuarios que no están
participando activamente en los elementos del parque.
BOCM-20250529-95
1.- La instalación de Calistenia, se compone de 2 zonas:
B.O.C.M. Núm. 127
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE MAYO DE 2025
Pág. 473
4. Cuando se quieran utilizar sticks, pelotas, discos u otros implementos, se deberá alquilar la pista
completa y deberá haber un adulto presente que se responsabilice de la actividad.
5. No se permite el uso de ceras o cualquier tipo de deslizante en los elementos de práctica.
ROCÓDROMO
1. Para acceder y usar la instalación es necesario estar en posesión de la licencia de la Federativa
Madrileña de Montañismo, salvo autorización de la Concejalía de Deportes.
2. En caso de ser menor de 18 años, además de la autorización de los padres o tutores, deberán
estar siempre acompañados de una persona mayor de edad responsable de ellos.
3. Es obligatorio:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
Dar cuenta a la Concejalía de Deportes de cualquier observación o situación anómala que
se encuentre, movimientos de presas, rotura de seguros, comportamientos anormales, etc.
Se deberá utilizar el ocho como nudo de aseguramiento.
Utilizar el rocódromo con compañero de cordada, no pudiendo estar escalando los dos a la
vez. Uno será siempre el encargado de la seguridad.
Usar material e indumentaria adecuada, (pies de gato, cuerda dinámica, arnés de escalada,
grigri o auto bloqueante, casco, cintas exprés y ropa deportiva), material homologado por
norma CE UIA, salvo autorización de la Concejalía de Deportes.
Se deberá mosquetonear todos los seguros.
En caso de que el usuario encuentre cuerdas montadas será obligatorio escalar con cuerda
por arriba o tope rope.
4. No se permite:
a)
b)
c)
d)
e)
Rebasar la zona de Boulder (delimitada por la franja roja ubicada a 2 metros de la base
aproximadamente) sin estar encordado.
Rebasar un anclaje sin asegurarse a él.
Ocupar vías que no se están utilizando.
Manipular (quitar, poner o cambiar) presas y/o anclajes.
Más de una cuerda por descuelgue.
PISTA VOLEY PLAYA
1. Para la modificación de la altura de la red habrá informar al personal de la instalación, y será éste
quien realice la operación, no pudiendo realizarse por los usuarios, salvo a autorización del personal
municipal.
2- No podrán haber más de 12 deportistas en la pista, salvo autorización expresa de la Concejalía
de Deportes.
TATAMI
1. Es obligatorio acceder descalzo, con calcetines o con calzado específico que solo se utilice dentro
del tatami.
2. Los Tatamis no podrán ser montados, desmontados o modificados sin autorización expresa de la
Concejalía de Deportes.
CALISTENIA
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-
Zona de seguridad que supone todo el espacio que puede ocupar el deportista en su caída. La
superficie total de la zona de seguridad del parque ocupa aproximadamente 150 metros
cuadrados, siendo la distancia de seguridad desde la vertical de cada aparato de 2 metros
lineales en todas las direcciones, definiendo el perímetro de seguridad de la instalación.
Zona periférica: Se trata del resto del recinto delimitado por los cerramientos perimetrales. Este
será el único lugar autorizado para que permanezcan aquellos usuarios que no están
participando activamente en los elementos del parque.
BOCM-20250529-95
1.- La instalación de Calistenia, se compone de 2 zonas: