A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250605-1)
Regulación asistencia jurídica gratuita –  Decreto 35/2025, de 4 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la asistencia jurídica gratuita en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 133

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD DE ASISTENCIA
JURÍDICA GRATUITA
E INFORMACIÓN ADICIONAL
Escriba con claridad y con letras mayúsculas.
Presente con la solicitud todos los documentos necesarios. Con ello evitará retrasos en la tramitación
de su expediente.
Si solicita el derecho de asistencia jurídica gratuita al amparo del artículo 5 de la Ley 1/1996, de 10 de
enero, por considerar que concurre alguna causa que pueda motivar el reconocimiento excepcional del
derecho, deberá aportar, junto con el formulario de solicitud, la hoja adicional de alegaciones de
circunstancias excepcionales, debidamente cumplimentada.
En el caso de que se produzcan cambios en los datos de contacto consignados en la solicitud, deberán
actualizar los mismos, a la mayor brevedad posible, mediante comunicación al colegio de abogados
competente, a los profesionales designados y a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita.
1. DATOS DEL SOLICITANTE
A.1 DATOS PERSONALES
Se consignarán todos los datos identificativos del solicitante. Si actúa usted como representante legal de
un menor de edad, o de una persona física incapacitada legalmente, se cumplimentarán aquí los datos de la
persona representada. Los datos del representante legal serán consignados en el apartado 2. En estos casos,
la solicitud deberá firmarla el representante legal del solicitante.
En el apartado “situación personal”, marque la opción que corresponda a su estado civil:
a)
b)

c)

En caso de estar casado, pero separado de hecho, deberá marcar la casilla de casado.
En caso de que tenga una pareja de hecho inscrita en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad
de Madrid o de otra Comunidad Autónoma, deberá marcar la casilla de unión de hecho legalmente
constituida.
Si tiene pareja de hecho, pero no está inscrita en un registro autonómico de parejas de hecho, deberá
marcar la casilla de soltero, casado, viudo, separado legalmente o divorciado, según corresponda por su
estado civil.

A2. DATOS DEL CÓNYUGE O PAREJA DE HECHO LEGALMENTE CONSTITUIDA
Se consignarán los datos del CÓNYUGE, salvo que el solicitante esté legalmente separado.
Se consignarán los datos de la pareja de hecho, solamente si la unión de hecho está inscrita en el Registro
de Parejas de Hecho de la Comunidad de Madrid o de otra Comunidad Autónoma.

2.- DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL
Este apartado se cumplimentará exclusivamente si el solicitante tiene un representante legal, que actúa en su
nombre. En dicho caso las notificaciones de los Colegios de abogados y/o de la Comisión de Asistencia Jurídica
Gratuita serán enviadas a dicho representante legal.

Se deben consignar los ingresos anuales brutos, es decir, las retribuciones íntegras sin haberse efectuado
deducciones o descontado gastos. (En caso de percibir ingresos por actividades por cuenta propia, aparte de
indicar los ingresos brutos, indique los gastos fiscalmente deducibles y aporte documentación acreditativa
correspondiente.)
Los ingresos se consignan indicando la moneda en la que se percibe. Si no se especifica la moneda, se
entenderá por defecto que los ingresos están establecidos en euros.

BOCM-20250605-1

4. INGRESOS ECONÓMICOS DE LA UNIDAD FAMILIAR