Orusco de Tajuña (BOCM-20250606-77)
Organización y funcionamiento. Ordenanza circulación
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 134

VIERNES 6 DE JUNIO DE 2025

Pág. 183

INFRACC*

IMP. €

Parar un vehículo en los cruces e intersecciones o a menos de cinco metros de las mismas

G

200

Parar un vehículo en los lugares donde la detención impida la visión de señales de tráfico a los usuarios
de la vía a que vayan dirigidas

G

200

Parar un vehículo en los puentes, pasos a nivel, y debajo de los pasos elevados, salvo señalización en
contrario

G

200

Parar un vehículo en las curvas o cambios de rasante cuando la visibilidad sea insuficiente para que los
demás vehículos puedan rebasar sin peligro al que esté detenido

G

200

Parar un vehículo sobre las aceras o en las zonas destinadas al uso exclusivo de peatones

G

200

Parar en doble fila no permaneciendo una persona en el interior o junto al vehículo capacitado
para su conducción siempre que se produzca perturbación a la circulación

G

200

Parar en medio de la calzada, salvo que esté expresamente autorizado

G

200

Cuando se obstaculice la utilización normal de los pasos rebajados para personas con movilidad
reducida.

G

200

En zonas en las que esté prohibida la circulación de vehículos como jardines, setos, zonas arboladas,
fuentes y otras partes de la vía destinadas al ornato y decoro de la ciudad.

G

200

Parar un vehículo siempre que suponga un peligro u obstaculice gravemente la
de vehículos o peatones.

G

200

Estacionar un vehículo en vías de un solo sentido de circulación siempre que no se
deje una anchura para la circulación.

G

200

Estacionar en doble fila

G

200

Estacionar en lugares reservados para carga y descarga en los días y horas en que esté en vigor la
reserva

G

200

Estacionar delante de salidas de vehículos de emergencia

G

200

Estacionar delante de los vados debidamente señalizados

G

200

Estacionar en el arcén

G

200

Estacionar en las calles de doble sentido de circulación en las cuales la anchura de la calzada solo
permita el paso de dos columnas de vehículos

G

200

Estacionar sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones

G

200

Estacionar en zonas señalizadas para uso exclusivo de vehículos de personas con movilidad
reducida

G

200

Estacionar siempre que haya un peligro o se obstaculice gravemente el tráfico de vehículos o peatones.
(Deberá indicarse el peligro creado)

G

200

Estacionar el vehículo de dos ruedas motorizados, junto a las fachadas que impidan
la entrada a la vivienda.

G

200

TEXTO

LEVES
INFRACC*

IMP. €

Colocar en la vía pública, sin autorización municipal,
cualquier obstáculo u objeto que dificulte la circulación de peatones o vehículos

L

100

Realizar operaciones de carga y descarga en lugares sin señalización reservada

L

100

Utilizar la zona de carga y descarga para uso distinto del señalizado

L

100

Obstruir o dificultar la circulación peatonal o rodada o acceso a vados autorizados mientras se realizan
operaciones de carga y descarga.

L

100

Sobrepasar el espacio señalizado para carga y descarga

L

100

Dejar sobre la calzada o la acera las mercancías y demás materiales objeto de la carga y descarga

L

100

Efectuar operaciones de carga y descarga en aquellos lugares en que esté prohibida la
parada

L

100

No restituir las condiciones de la vía pública una vez finalizadas las operaciones de carga y
descarga

L

100

Realizar operaciones de carga y descarga fuera del horario establecido para ello.

L

100

Realizar operaciones de carga y descarga con vehículos con MMA superior a 12.500 kg.

L

100

Efectuar servicios especiales de carga y descarga sin la correspondiente autorización
municipal.

L

100

Efectuar servicios especiales de carga y descarga en zonas peatonales sin la correspondiente
autorización municipal.

L

100

Acceder con vehículos de un tonelaje superior a 12.500 kg. sin informe previo de los Servicios Técnicos
Municipales.

L

100

Efectuar operaciones de instalación o retirada de contenedores fuera del horario establecido por la
Autoridad Municipal.

L

100

Circular por las vías urbanas camiones superiores a 12.500 Kg que no tengan destino local.

L

100

Estacionar autobuses, camiones, remolques y semirremolques en el casco urbano cuya MMA sea
superior a 3.500 Kg.

L

100

Utilizar las vías urbanas vehículos, conjuntos de vehículos cuyas dimensiones o las de su carga excedan
de las señaladas en las normas reguladoras de los vehículos o de las vías por las que
circulan, sin la correspondiente autorización municipal

L

100

Parar un vehículo entorpeciendo la circulación

L

100

Parar un vehículo a menos de 1 metro de la fachada u otro elemento impidiendo el paso de peatones

L

100

Efectuar una parada un autobús escolar para tomar o dejar viajeros fuera de las paradas expresamente
señalizadas

L

100

Circular un autobús escolar sin la autorización municipal

L

100

Parar un vehículo en los lugares que prohíba la señalización existente.

L

100

Parar un vehículo cuando se impida la incorporación a la circulación a otro vehículo debidamente parado
o estacionado

L

100

Parar un vehículo cuando se obstaculice el acceso de personas a inmuebles o se impida
la utilización de una salida de vehículos de un inmueble debidamente señalizada.

L

100

Estacionar en lugares reservados exclusivamente para paradas de vehículos

L

100

TEXTO

BOCM-20250606-77

c)

circulación