Orusco de Tajuña (BOCM-20250606-77)
Organización y funcionamiento. Ordenanza circulación
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 182
VIERNES 6 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 134
El cómputo y la interrupción del plazo de prescripción del derecho de la Administración para exigir el pago de las sanciones consistentes en multa pecuniaria se regirán por lo dispuesto en la
Ley General Tributaria.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
La presente Ordenanza entrará en vigor a los quince días de su publicación íntegra en el
Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de conformidad con los artículos 65.2 en relación con el
artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
ANEXO
INFRACCIONES Y CUANTÍA
MUY GRAVES
INFRACC*
IMP. €
Realización de pruebas deportivas en la vía pública sin autorización municipal
MG
500
Circulación en sentido contrario
MG
500
Tasas positivas de Alcohol o presencia de otras Drogas
MG
1000
No someterse a las pruebas para la detección de alcohol o presencia de drogas en el organismo
MG
500
Exceso de velocidad
MG
500
Circular con un vehículo que supera la MMA máxima autorizada reglamentariamente
MG
500
Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación
MG
500
Conducir de forma temeraria
MG
500
No identificar el titular o arrendatario del vehículo debidamente requerido, al conductor responsable de
la infracción.
MG
500
No instalar la señalización de obras o hacerlo incorrectamente, poniendo en grave riesgo la seguridad vial.
MG
1000
Realizar en la vía obras sin autorización, así como la retirada, ocultación, alteración o deterioro de señalización.
MG
1000
TEXTO
b)
GRAVES
INFRACC*
IMP. €
No obedecer las señales de los Agentes de circulación.
G
200
Instalar en la vía pública cualquier tipo de señalización sin previa autorización municipal
G
200
Modificar el contenido de señales de manera que se induzca a la confusión, se reduzca la visibilidad o
eficacia, deslumbre a usuarios o distraiga su atención
G
200
No señalizar convenientemente un obstáculo creado en la vía pública por quien lo ha creado.
G
200
No restituir las condiciones de tráfico y su señalización a la situación original una vez acabada la
actividad
G
200
Cortar parcial o totalmente una vía pública sin autorización municipal
G
200
Transportar áridos, lodos o cualquier otra clase de material derramable que puedan caer al suelo
durante la circulación
G
200
Estacionar en zona de carga y descarga vehículos que no estén realizando dicha actividad.
G
200
No señalizar convenientemente la carga y descarga cuando exista peligro para peatones o vehículos.
G
200
Acceder a zonas peatonales con vehículos cuya MMA sea superior a 3.500 kg, sin autorización.
G
200
Circular vehículos que transportan mercancías peligrosas por vías no señalizadas a tal efecto
G
200
Realizar operaciones de carga y descarga de mercancías peligrosas sin la correspondiente
autorización municipal
G
200
No llevar visible, ni mostrar el permiso especial para realizar operaciones de carga y descarga
de mercancías peligrosas
G
200
Estacionar vehículos que transporten mercancías
peligrosas salvo el tiempo indispensable para cargar y descargar la mercancía
G
200
Estacionar vehículos que transporten mercancías peligrosas no permaneciendo una persona en el
interior o junto al vehículo capacitado para su conducción mientras se efectúa la carga y descarga
G
200
Estacionar vehículos de transporte de animales y mercancías que produzcan malos olores y molestias
G
200
Estacionar vehículos que transporten mercancías peligrosas en todas las vías del municipio salvo con las
autorizaciones pertinentes
G
200
Circular o estacionar en vías o zonas peatonales sin la correspondiente autorización municipal
G
200
Realizar operaciones de carga y descarga en la zona peatonal sin la preceptiva autorización
municipal
G
200
Rebasar la velocidad permitida en zona peatonal
G
200
Parar un vehículo cuando se obstaculice los accesos a edificios, locales o recintos destinados a espectáculos o actos públicos, en las horas de celebración de estos y las
salidas de urgencia debidamente señalizadas
G
200
Parar un vehículo si obstaculiza la utilización normal de los pasos de peatones
G
200
Parar un vehículo cuando se impida a otro un giro autorizado
G
200
TEXTO
BOCM-20250606-77
a)
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 182
VIERNES 6 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 134
El cómputo y la interrupción del plazo de prescripción del derecho de la Administración para exigir el pago de las sanciones consistentes en multa pecuniaria se regirán por lo dispuesto en la
Ley General Tributaria.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
La presente Ordenanza entrará en vigor a los quince días de su publicación íntegra en el
Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de conformidad con los artículos 65.2 en relación con el
artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
ANEXO
INFRACCIONES Y CUANTÍA
MUY GRAVES
INFRACC*
IMP. €
Realización de pruebas deportivas en la vía pública sin autorización municipal
MG
500
Circulación en sentido contrario
MG
500
Tasas positivas de Alcohol o presencia de otras Drogas
MG
1000
No someterse a las pruebas para la detección de alcohol o presencia de drogas en el organismo
MG
500
Exceso de velocidad
MG
500
Circular con un vehículo que supera la MMA máxima autorizada reglamentariamente
MG
500
Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación
MG
500
Conducir de forma temeraria
MG
500
No identificar el titular o arrendatario del vehículo debidamente requerido, al conductor responsable de
la infracción.
MG
500
No instalar la señalización de obras o hacerlo incorrectamente, poniendo en grave riesgo la seguridad vial.
MG
1000
Realizar en la vía obras sin autorización, así como la retirada, ocultación, alteración o deterioro de señalización.
MG
1000
TEXTO
b)
GRAVES
INFRACC*
IMP. €
No obedecer las señales de los Agentes de circulación.
G
200
Instalar en la vía pública cualquier tipo de señalización sin previa autorización municipal
G
200
Modificar el contenido de señales de manera que se induzca a la confusión, se reduzca la visibilidad o
eficacia, deslumbre a usuarios o distraiga su atención
G
200
No señalizar convenientemente un obstáculo creado en la vía pública por quien lo ha creado.
G
200
No restituir las condiciones de tráfico y su señalización a la situación original una vez acabada la
actividad
G
200
Cortar parcial o totalmente una vía pública sin autorización municipal
G
200
Transportar áridos, lodos o cualquier otra clase de material derramable que puedan caer al suelo
durante la circulación
G
200
Estacionar en zona de carga y descarga vehículos que no estén realizando dicha actividad.
G
200
No señalizar convenientemente la carga y descarga cuando exista peligro para peatones o vehículos.
G
200
Acceder a zonas peatonales con vehículos cuya MMA sea superior a 3.500 kg, sin autorización.
G
200
Circular vehículos que transportan mercancías peligrosas por vías no señalizadas a tal efecto
G
200
Realizar operaciones de carga y descarga de mercancías peligrosas sin la correspondiente
autorización municipal
G
200
No llevar visible, ni mostrar el permiso especial para realizar operaciones de carga y descarga
de mercancías peligrosas
G
200
Estacionar vehículos que transporten mercancías
peligrosas salvo el tiempo indispensable para cargar y descargar la mercancía
G
200
Estacionar vehículos que transporten mercancías peligrosas no permaneciendo una persona en el
interior o junto al vehículo capacitado para su conducción mientras se efectúa la carga y descarga
G
200
Estacionar vehículos de transporte de animales y mercancías que produzcan malos olores y molestias
G
200
Estacionar vehículos que transporten mercancías peligrosas en todas las vías del municipio salvo con las
autorizaciones pertinentes
G
200
Circular o estacionar en vías o zonas peatonales sin la correspondiente autorización municipal
G
200
Realizar operaciones de carga y descarga en la zona peatonal sin la preceptiva autorización
municipal
G
200
Rebasar la velocidad permitida en zona peatonal
G
200
Parar un vehículo cuando se obstaculice los accesos a edificios, locales o recintos destinados a espectáculos o actos públicos, en las horas de celebración de estos y las
salidas de urgencia debidamente señalizadas
G
200
Parar un vehículo si obstaculiza la utilización normal de los pasos de peatones
G
200
Parar un vehículo cuando se impida a otro un giro autorizado
G
200
TEXTO
BOCM-20250606-77
a)