D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250607-3)
Convenio –  Convenio de 14 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, y la Universidad Complutense de Madrid, para la concesión directa de una subvención destinada a financiar durante 2025 los gastos derivados de la gestión del Distrito Universitario Único madrileño, por importe de 300.000 euros
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 54

SÁBADO 7 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 135

chero de microdatos, en el formato que establezca esta última, que contendrá todos aquellos datos tanto de identificación del registro como aquellos para su uso estadístico en diferentes publicaciones y estadísticas que elabora la Comunidad de Madrid.
12. Preparación de los conjuntos de datos (datasets) del Distrito Universitario Único
para su publicación como datos abiertos con todas las garantías pertinentes en materia de
protección de datos personales y su posterior publicación en el portal Universidata.es .
13. Atención específica a las peticiones de datos de grupos de investigación pertenecientes a alguna de las universidades del Distrito Universitario Único cuya finalidad sea
realizar analíticas de datos sobre el Sistema Universitario Madrileño.
14. Cualesquiera otras que fueran necesarias para el desarrollo de las anteriores, así
como las obligaciones generales enunciadas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Cuarta
Cuantía de la subvención
La Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, de la Comunidad de Madrid participará en la financiación de las actividades y trabajos que se expresan en la cláusula primera, con la cantidad de 300.000 euros. Este gasto se financiará con cargo al subconcepto 45209
del programa 322C (Universidades), conforme a lo establecido en la Ley 9/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025.
La subvención se aplicará a los gastos efectivamente realizados, o bien, que puedan ser
directamente imputables para la correcta realización de la actividad subvencionada, conforme con la siguiente desagregación:
— Servicios informáticos: 150.400,00 euros.
— Costes de personal: 116.000,00 euros.
— Utilización de bienes inmuebles: 33.600,00 euros.
Total: 300.000,00 euros.
Los gastos subvencionables serán los realizados por la Universidad Complutense de
Madrid durante el ejercicio 2025 para la gestión del proceso de admisión y preinscripción
correspondiente al curso académico 2025-2026.
Dichos gastos han sido extraídos de la memoria económica justificativa de los gastos
a realizar en el proceso de Distrito Universitario Único que la universidad ha enviado al órgano administrativo competente durante el primer trimestre del año en curso.
Quinta
El pago de la subvención a la universidad se realizará previa acreditación de la obligación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda Estatal, Autonómica y de la Seguridad Social y una vez suscrito el convenio, por el importe total de la
misma en un pago único con carácter anticipado y sin necesidad de constituir garantía previa dada la naturaleza de universidad pública objeto de la subvención. El ingreso se efectuará en el número de cuenta que la Universidad Complutense de Madrid determine y comunique a la Dirección General de Universidades. La universidad remitirá a la Dirección General
de Universidades, antes del 31 de mayo de 2026, la justificación de los fondos percibidos.
La justificación se realizará mediante la cuenta justificativa, que será emitida por la Intervención de la Universidad Complutense de Madrid u órgano de control equivalente, que
contendrá la siguiente documentación:
— Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión, con indicación de las actividades realizadas y los resultados
obtenidos.
— Memoria económica justificativa de las actividades que han sido financiadas con
la subvención justificativa del coste de las actividades realizadas que contendrá:
a) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su
caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un
presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas.

BOCM-20250607-3

Pago y forma de justificación