D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250607-22)
Convenio –  Convenio de 30 de abril de 2025, de colaboración entre la Dirección General de Turismo y Hostelería de la Comunidad de Madrid y AENA S. M. E., S. A., para la promoción turística y cultural de la Comunidad de Madrid mediante la puesta a disposición de espacios en el Aeropuerto “Adolfo Suárez Madrid Barajas”
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 7 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 135

La Comisión de Seguimiento se reunirá una vez al año, o de forma extraordinaria cuando así lo solicite cualquiera de las partes.
18. Anticorrupción
En la ejecución de las obligaciones establecidas en el presente Acuerdo, las Partes, sus
directivos, representantes, empleados y cualesquiera otros terceros contratados o subcontratados por las Partes, deberán cumplir con la legislación y normativa de cualquier jurisdicción que les resulte aplicable a los efectos del presente Acuerdo, de manera que en ningún momento participarán ni colaborarán en la comisión de ninguna conducta sancionable
en la legislación de aplicación, tanto en el ámbito nacional como internacional.
En particular, las Partes garantizan que no recibirán ni ofrecerán, ya sea directa o indirectamente, ningún beneficio o ventaja no justificados de cualquier naturaleza o indebidos, ni dádiva o retribución de cualquier clase a una autoridad o funcionario público o a un
tercero del ámbito privado que esté relacionado con cualquier oportunidad de negocio objeto del presente Acuerdo, y en caso de que alguna de las Partes reciba cualquier solicitud
de entrega indebida lo pondrá inmediatamente en conocimiento de la otra Parte. El incumplimiento de lo previsto en esta cláusula conllevará que el órgano de contratación pondrá
en conocimiento los hechos a las autoridades competentes en materia de competencia y, en
su caso, al Servicio Nacional de Coordinación Antifraude de la Intervención General de la
Administración del Estado o a los órganos de control y fiscalización que sean competentes.
En el caso que la naturaleza de los hechos pueda ser constitutiva de ilícito penal, el órgano
de contratación tomará las medidas adecuadas para remitir dicha conducta a los órganos jurisdiccionales y/o al Ministerio Fiscal, para su debida investigación.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, ambas partes firman el Convenio, a
un solo efecto, en el lugar y fecha de las firmas electrónicas que figuran en el presente documento.
Madrid, a 30 de abril de 2025.—AENA, S. M. E., S. A., María José Cuenda Chamorro.—
La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre),
la Directora General de Turismo y Hostelería, Laura Martínez Cerro.

De acuerdo con la normativa aplicable en materia de Protección de Datos Personales
y en virtud del Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95146/CE), se informa a los representantes legales y/o firmantes del presente Convenio de que sus datos personales recabados a través del mismo serán tratados por AENA S. M. E., S. A., como responsable del tratamiento, con domicilio en la calle Peonías, 12, Madrid (28042) y con CIF A86212420.
La finalidad es gestionar el Convenio suscrito y establecer relaciones con su organismo. El tratamiento de sus datos está basado en la ejecución de un contrato, ya que el tratamiento de sus datos es necesario para la firma de este Convenio y la gestión del mismo con
la entidad a la que usted representa o en la cual presta servicios, así como en el interés legítimo de AENA S. M. E., S. A. No está prevista la cesión de los datos a terceros ni se realizarán transferencias internacionales, salvo obligación legal.
Sus datos serán conservados mientras dure la relación establecida por medio del presente Convenio, así como durante los plazos de conservación que establezcan las leyes y
los plazos en que pueda surgir una reclamación.
El representante legal o firmante puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento, ante AENA S. M. E., S. A.,
través de la siguiente dirección de correo electrónico ocpd@aena.es, a través del Portal de
Servicios Telemáticos en la web de Aena (www.aena.es), o dirigiendo un escrito a la Oficina Central de Protección de Datos. C/ Peonías, 12 - 28042 Madrid.
Para cualquier duda puede comunicarse con nuestro Delegado de Protección de Datos
mediante la dirección de correo electrónico dpd@aena.es .
También puede, en cualquier momento, presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.

BOCM-20250607-22

Cláusula informativa al representante/firmante de este convenio