C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250610-16)
Convocatoria ayudas –  Resolución de 28 de mayo de 2025, del Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca procedimiento para la concesión de ayudas por gastos de desplazamiento, durante el curso escolar 2024/2025, destinadas a los funcionarios de Cuerpos Docentes no Universitarios al servicio de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 137

educacion ) siguiendo la secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Acción Social”, “Ayudas”
( https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/ayudas-personal-docente ) “Ayudas al desplazamiento”.
La relación provisional de adjudicatarios se ajustará a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, no constituye fuente de acceso público y no podrá ser reproducida ni en todo ni en parte, ni transmitida ni registrada por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento
expreso de los propios interesados.
Contra la Resolución provisional se podrán presentar alegaciones, en el plazo de diez
días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación. A estos efectos, se deberá
utilizar la aplicación disponible en el portal de la Comunidad de Madrid, en la misma ruta
indicada para la publicación de la citada relación provisional de adjudicatarios. Una vez
cumplimentada, la alegación será presentada obligatoriamente a través del registro electrónico de la Comunidad de Madrid mediante el botón al efecto en la aplicación o bien accediendo al registro en el portal de Administración Digital ( https://sede.comunidad.madrid ),
en la pestaña “Herramientas”, “Registro electrónico”. No se admitirá ninguna alegación
que no haya sido cumplimentada mediante la aplicación y registrada a través del registro
electrónico.
5. Relación definitiva de adjudicatarios y percepción de la ayuda.
Examinadas las alegaciones presentadas, la Dirección General de Recursos Humanos,
mediante Resolución, hará pública la relación definitiva de adjudicatarios y cuantía asignada
de la ayuda concedida por este tramo, en los mismos lugares que la relación provisional de adjudicatarios. El importe de la ayuda reconocida a cada funcionario será abonado en nómina.
Sexta
1. Requisitos de los solicitantes.
1.1. Podrán recibir esta ayuda los funcionarios de Cuerpos Docentes no Universitarios, al servicio de la Comunidad de Madrid, incluidos en el ámbito de aplicación del Acuerdo Sectorial citado, que hayan adquirido a su nombre un título individual para el transporte público, dentro de la Comunidad de Madrid y cumplan alguno de los siguientes
requisitos:
a) Ayuda para abonos de treinta días de la tarjeta de transporte público, de septiembre a diciembre de 2024 y/o del primer semestre de 2025:
1.o Haber prestado servicios efectivos durante diez días lectivos como mínimo en
el mes o meses para los que se solicita la ayuda, como funcionario de carrera,
en prácticas o interino.
La ayuda se aplicará a un número máximo de 10 abonos, comprendidos en el período
del curso escolar correspondiente.
Para solicitar este tipo de ayuda, se deberá cumplimentar el apartado 3, “Datos de la
ayuda que se solicita”, de la solicitud, marcando los meses que ha estado prestando servicios efectivos y que ha acreditado conforme se establece en esta convocatoria.
1.2. Asimismo, podrán optar a estas ayudas los funcionarios de Cuerpos Docentes no
Universitarios al servicio de la Comunidad de Madrid incluidos en el ámbito de aplicación
del Acuerdo Sectorial anteriormente citado que, no habiendo adquirido un título individual
para el transporte público, cumplan los requisitos establecidos en el apartado anterior, siempre que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
a) Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, siempre que
dicha discapacidad sea incompatible con el uso del transporte público.
b) Desarrollar las tareas docentes en una localidad a la que no llegue el transporte público en horario compatible con el horario lectivo.
Se entenderá que a la localidad donde radica el centro docente no llega transporte
público compatible con el horario lectivo, cuando el transporte público existente
no pase por la localidad dentro de la hora anterior al inicio de la actividad en el
centro o posterior a la finalización de esta.
c) Cumplir horario en más de un centro durante la misma jornada laboral diaria, con
periodicidad semanal.

BOCM-20250610-16

Procedimiento para la asignación de las ayudas al desplazamiento (tramo II)