C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250610-17)
Convocatoria ayudas – Resolución de 28 de mayo de 2025, del Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca el procedimiento para la concesión de las ayudas por gastos de desplazamiento, durante el curso escolar 2024-2025, destinadas a los profesores de Religión y otro personal docente no sujeto ni a Convenio Colectivo ni a Acuerdo Sectorial docente, al servicio de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 66
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 137
Segunda
Crédito disponible
El crédito disponible para la presente convocatoria, de conformidad con lo establecido en
el citado punto 4 del apartado b) del epígrafe 6 del citado Acuerdo de 27 de julio de 2004, es
de 274.181,53 euros.
Tercera
Financiación
La financiación de esta convocatoria se realizará con cargo al subconcepto 16209
“Otros Gastos Sociales” del Programa 322P, del Presupuesto de Gastos de la Dirección General de Recursos Humanos (centro gestor 150160000), con el límite del crédito presupuestario destinado a esta finalidad en el ejercicio económico 2025.
Cuarta
Distribución del fondo
El fondo señalado en la base segunda se repartirá entre los solicitantes incluidos en el
ámbito de aplicación del citado Acuerdo de 27 de julio de 2004, conforme con lo indicado
en los párrafos siguientes:
a) Tramo 1: Consistirá en una ayuda fija de cien euros, que se asignará al personal laboral docente, que hubieran prestado servicios efectivos durante la totalidad del
curso escolar o de la cantidad proporcional, si la prestación de servicios hubiera
sido por un tiempo inferior.
b) Tramo 2: La cuantía restante del fondo, una vez determinado el importe resultante
de la medida anterior, se distribuirá entre todos los solicitantes, en concepto de
ayuda a la financiación del coste al que ascienda el gasto por abono transporte que
cubra el desplazamiento entre el domicilio, en que haya residido habitualmente
durante el curso escolar 2024-2025, y el centro de trabajo del solicitante.
Para la percepción de la ayuda por cada tramo, los solicitantes deberán cumplir los requisitos que, en función del tipo de procedimiento, se establecen en las bases siguientes.
Quinta
1. Requisitos de los adjudicatarios: Para percibir ayuda por este tramo será requisito
haber prestado servicios efectivos, como personal laboral docente, en centros públicos dependientes de la Comunidad de Madrid, durante el curso escolar 2024-2025.
2. Adjudicación de ayudas: La adjudicación de las ayudas al transporte por el tramo I,
se realizará de oficio por la Administración al personal laboral docente que cumpla los requisitos que se especifican en el apartado anterior, por lo que no resulta necesario la presentación
de una solicitud por el interesado.
3. Determinación de la cuantía de la ayuda correspondiente al Tramo I: En aplicación de lo establecido en el punto 4 del apartado b) del epígrafe 6 del citado Acuerdo de 27
de julio de 2004, las unidades de personal calcularán las cantidades a percibir por cada docente, según el número de días de servicios efectivamente prestados, correspondiendo un
total de 100 euros a quienes hayan prestado servicios efectivos durante el curso escolar
completo o cuantía proporcional, si éstos hubieran sido inferiores:
A efectos de la ayuda al desplazamiento se considerará servicio efectivo la asistencia
al centro de trabajo, dado que el objeto de la ayuda es la financiación de los desplazamientos efectuados entre el domicilio habitual durante el curso escolar 2024/2025 y el centro
para el desempeño del puesto de trabajo.
Determinadas las cantidades a percibir, se detraen del fondo anual asignado para obtener la cantidad disponible para los adjudicatarios del Tramo II.
4. Relación provisional de adjudicatarios y alegaciones: finalizado el curso escolar 2024-2025, mediante Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos, a partir
del mes de septiembre, se hará pública la relación provisional de adjudicatarios y la cuantía
asignada de la ayuda concedida por este tramo, que se expondrá en el portal de Administración Digital de la Comunidad de Madrid en https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becassubvenciones/ayudas-gastos-desplazamiento-rel-24-25 y, con carácter meramente in-
BOCM-20250610-17
Procedimiento para la adjudicación de las ayudas al desplazamiento (tramo I)
Pág. 66
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 137
Segunda
Crédito disponible
El crédito disponible para la presente convocatoria, de conformidad con lo establecido en
el citado punto 4 del apartado b) del epígrafe 6 del citado Acuerdo de 27 de julio de 2004, es
de 274.181,53 euros.
Tercera
Financiación
La financiación de esta convocatoria se realizará con cargo al subconcepto 16209
“Otros Gastos Sociales” del Programa 322P, del Presupuesto de Gastos de la Dirección General de Recursos Humanos (centro gestor 150160000), con el límite del crédito presupuestario destinado a esta finalidad en el ejercicio económico 2025.
Cuarta
Distribución del fondo
El fondo señalado en la base segunda se repartirá entre los solicitantes incluidos en el
ámbito de aplicación del citado Acuerdo de 27 de julio de 2004, conforme con lo indicado
en los párrafos siguientes:
a) Tramo 1: Consistirá en una ayuda fija de cien euros, que se asignará al personal laboral docente, que hubieran prestado servicios efectivos durante la totalidad del
curso escolar o de la cantidad proporcional, si la prestación de servicios hubiera
sido por un tiempo inferior.
b) Tramo 2: La cuantía restante del fondo, una vez determinado el importe resultante
de la medida anterior, se distribuirá entre todos los solicitantes, en concepto de
ayuda a la financiación del coste al que ascienda el gasto por abono transporte que
cubra el desplazamiento entre el domicilio, en que haya residido habitualmente
durante el curso escolar 2024-2025, y el centro de trabajo del solicitante.
Para la percepción de la ayuda por cada tramo, los solicitantes deberán cumplir los requisitos que, en función del tipo de procedimiento, se establecen en las bases siguientes.
Quinta
1. Requisitos de los adjudicatarios: Para percibir ayuda por este tramo será requisito
haber prestado servicios efectivos, como personal laboral docente, en centros públicos dependientes de la Comunidad de Madrid, durante el curso escolar 2024-2025.
2. Adjudicación de ayudas: La adjudicación de las ayudas al transporte por el tramo I,
se realizará de oficio por la Administración al personal laboral docente que cumpla los requisitos que se especifican en el apartado anterior, por lo que no resulta necesario la presentación
de una solicitud por el interesado.
3. Determinación de la cuantía de la ayuda correspondiente al Tramo I: En aplicación de lo establecido en el punto 4 del apartado b) del epígrafe 6 del citado Acuerdo de 27
de julio de 2004, las unidades de personal calcularán las cantidades a percibir por cada docente, según el número de días de servicios efectivamente prestados, correspondiendo un
total de 100 euros a quienes hayan prestado servicios efectivos durante el curso escolar
completo o cuantía proporcional, si éstos hubieran sido inferiores:
A efectos de la ayuda al desplazamiento se considerará servicio efectivo la asistencia
al centro de trabajo, dado que el objeto de la ayuda es la financiación de los desplazamientos efectuados entre el domicilio habitual durante el curso escolar 2024/2025 y el centro
para el desempeño del puesto de trabajo.
Determinadas las cantidades a percibir, se detraen del fondo anual asignado para obtener la cantidad disponible para los adjudicatarios del Tramo II.
4. Relación provisional de adjudicatarios y alegaciones: finalizado el curso escolar 2024-2025, mediante Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos, a partir
del mes de septiembre, se hará pública la relación provisional de adjudicatarios y la cuantía
asignada de la ayuda concedida por este tramo, que se expondrá en el portal de Administración Digital de la Comunidad de Madrid en https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becassubvenciones/ayudas-gastos-desplazamiento-rel-24-25 y, con carácter meramente in-
BOCM-20250610-17
Procedimiento para la adjudicación de las ayudas al desplazamiento (tramo I)