Fuenlabrada (BOCM-20250610-61)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 137
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE JUNIO DE 2025
Pág. 203
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61
FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del acuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha 30 de mayo de 2025 (punto 27), por el que se aprueban las bases reguladoras de la Convocatoria de Subvenciones 2025,
con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia. Proyecto (Línea C22.I1.P01): Subproyecto S22. Concesión de ayudas de adaptación de viviendas de personas usuarias de centros de día o en lista de espera, residentes en
Fuenlabrada.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index ).
Primero. Objeto.—El objeto es la concesión de subvenciones destinadas a financiar
las obras de accesibilidad y habitabilidad de las viviendas de las personas que tienen asignado el centro de Día, dentro del Plan Individualizado de Atención vinculado a la aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y
Atención a las Personas en Situación de Dependencia, sean usuarios activos o estén en lista de espera.
Segundo. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarias las personas físicas propietarias,
arrendatarias o en usufructuarias de viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial
colectiva o vivienda unifamiliar o agrupada en fila, del término municipal de Fuenlabrada
que constituya su domicilio habitual y permanente en el momento de solicitar la ayuda y en
las que resida una persona que tenga asignado el servicio de centro de día, dentro del Plan
Individualizado de Atención vinculado a la aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de
Dependencia.
Tercero. Actuaciones subvencionables.—Las actuaciones deberán estar finalizadas
entre el 16 de octubre de 2024 y el 15 de octubre de 2025. Las viviendas objeto de las actuaciones subvencionables deberán estar situadas en el término municipal de Fuenlabrada
y no estarán ubicadas en un edificio declarado en ruina ni tendrán ninguna afección urbanística que impida la autorización municipal para realizar obras.
Se consideran subvencionables la realización de reformas en el interior de la vivienda
donde resida con carácter permanente la persona usuaria de centro de día, y que tenga por
objeto la accesibilidad y habilitación de la vivienda, con el fin de facilitar las mejores condiciones para mantenerse en su domicilio, siempre y cuando se realicen en viviendas que
cumplan los requisitos citados en el artículo 6 y 7 de las presentes bases, por ejemplo:
— Reforma de cuartos de baño para convertirlos en espacios accesibles conforme a la
normativa, incluyendo la sustitución de bañeras por platos de ducha, sustitución
de inodoros y lavabos por sanitarios adaptados (incluso grifería) e instalación de
apoyos y asideros.
— Reforma de cocinas para adaptarlas a criterios de accesibilidad, incluyendo la modificación del mobiliario y la adaptación de electrodomésticos.
— Reformas en otros espacios de la vivienda que contribuyan a la mejora de la accesibilidad interior.
— Ampliación de puertas de paso y zonas de circulación conforme a la normativa,
incluso sustitución de puertas abatibles por puertas correderas.
— Instalación de maquinaria o dispositivos mecánicos homologados que eliminen
barreras arquitectónicas en el interior de la vivienda (salva escaleras, aparatos elevadores, etc.).
BOCM-20250610-61
BDNS: 837029
B.O.C.M. Núm. 137
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE JUNIO DE 2025
Pág. 203
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61
FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del acuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha 30 de mayo de 2025 (punto 27), por el que se aprueban las bases reguladoras de la Convocatoria de Subvenciones 2025,
con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia. Proyecto (Línea C22.I1.P01): Subproyecto S22. Concesión de ayudas de adaptación de viviendas de personas usuarias de centros de día o en lista de espera, residentes en
Fuenlabrada.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index ).
Primero. Objeto.—El objeto es la concesión de subvenciones destinadas a financiar
las obras de accesibilidad y habitabilidad de las viviendas de las personas que tienen asignado el centro de Día, dentro del Plan Individualizado de Atención vinculado a la aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y
Atención a las Personas en Situación de Dependencia, sean usuarios activos o estén en lista de espera.
Segundo. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarias las personas físicas propietarias,
arrendatarias o en usufructuarias de viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial
colectiva o vivienda unifamiliar o agrupada en fila, del término municipal de Fuenlabrada
que constituya su domicilio habitual y permanente en el momento de solicitar la ayuda y en
las que resida una persona que tenga asignado el servicio de centro de día, dentro del Plan
Individualizado de Atención vinculado a la aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de
Dependencia.
Tercero. Actuaciones subvencionables.—Las actuaciones deberán estar finalizadas
entre el 16 de octubre de 2024 y el 15 de octubre de 2025. Las viviendas objeto de las actuaciones subvencionables deberán estar situadas en el término municipal de Fuenlabrada
y no estarán ubicadas en un edificio declarado en ruina ni tendrán ninguna afección urbanística que impida la autorización municipal para realizar obras.
Se consideran subvencionables la realización de reformas en el interior de la vivienda
donde resida con carácter permanente la persona usuaria de centro de día, y que tenga por
objeto la accesibilidad y habilitación de la vivienda, con el fin de facilitar las mejores condiciones para mantenerse en su domicilio, siempre y cuando se realicen en viviendas que
cumplan los requisitos citados en el artículo 6 y 7 de las presentes bases, por ejemplo:
— Reforma de cuartos de baño para convertirlos en espacios accesibles conforme a la
normativa, incluyendo la sustitución de bañeras por platos de ducha, sustitución
de inodoros y lavabos por sanitarios adaptados (incluso grifería) e instalación de
apoyos y asideros.
— Reforma de cocinas para adaptarlas a criterios de accesibilidad, incluyendo la modificación del mobiliario y la adaptación de electrodomésticos.
— Reformas en otros espacios de la vivienda que contribuyan a la mejora de la accesibilidad interior.
— Ampliación de puertas de paso y zonas de circulación conforme a la normativa,
incluso sustitución de puertas abatibles por puertas correderas.
— Instalación de maquinaria o dispositivos mecánicos homologados que eliminen
barreras arquitectónicas en el interior de la vivienda (salva escaleras, aparatos elevadores, etc.).
BOCM-20250610-61
BDNS: 837029