B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250612-13)
Concurso de méritos – Orden 2001/2025, de 29 de mayo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca procedimiento de Concurso de Méritos para la provisión del profesorado del “Programa de Excelencia en Bachillerato” de la Comunidad de Madrid para el curso 2025-2026
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 124
JUEVES 12 DE JUNIO DE 2025
12.3.
B.O.C.M. Núm. 139
Listados definitivos de admitidos, excluidos y baremo:
Examinados los escritos de subsanación y las alegaciones presentadas, la comisión de
valoración publicará las relaciones definitivas de admitidos y excluidos, así como de valoración de méritos.
Los listados se publicarán en los mismos lugares que la relación provisional y se mantendrá expuesta, al menos, hasta la publicación de la orden que contenga la relación de los
candidatos seleccionados para cada plaza.
Contra la relación definitiva de admitidos, excluidos y/o el baremo podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades.
Decimotercero
Renuncias
Publicadas las listas definitivas de admitidos y excluidos, así como el baremo, los aspirantes podrán renunciar a la participación en el procedimiento en un plazo de dos días a
contar desde el día siguiente al de la publicación de la precitada relación.
Dicha renuncia se remitirá exclusivamente por medios electrónicos, a través del portal de la Comunidad de Madrid en la aplicación a la que se accede siguiendo la misma ruta
que la indicada en el apartado de presentación de solicitudes.
Decimocuarto
Criterios de selección y desempate. Listados de candidatos seleccionados
La selección del candidato para cada una de las plazas ofertadas vendrá determinada
por la mayor puntuación final obtenida en el concurso de méritos, aplicando la ponderación
de 2/3 a la puntuación obtenida en los méritos preferentes y un 1/3 a la puntuación obtenida en los méritos no preferentes.
Cuando exista empate entre dos o más candidatos en la valoración final de los méritos, se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
— Mayor puntuación en los apartados del baremo de méritos preferentes en el orden
que aparecen en la convocatoria.
— Mayor puntuación en los apartados del baremo de méritos no preferentes en el orden que aparecen en la convocatoria.
Aplicados los criterios anteriores, la Comisión de Valoración elevará propuesta definitiva de los candidatos seleccionados para cada una de las plazas ofertadas al Director General de Recursos Humanos, quien, por delegación del Consejero de Educación, Ciencia y
Universidades, mediante orden, procederá a la resolución del procedimiento, y posterior
publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra dicha Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de
Educación Ciencia y Universidades, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Nombramiento. Permanencia del profesorado del Programa de Excelencia
en Bachillerato
Los candidatos seleccionados serán nombrados en comisión de servicios y tendrán derecho a la reserva de su puesto de destino definitivo en tanto permanezcan en el mismo.
La permanencia del profesorado del Programa de Excelencia en Bachillerato se ajustará a lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 15/2024, de 7 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la provisión del profesorado del Programa de Excelencia en Bachillerato de la Comunidad. de Madrid
BOCM-20250612-13
Decimoquinto
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 124
JUEVES 12 DE JUNIO DE 2025
12.3.
B.O.C.M. Núm. 139
Listados definitivos de admitidos, excluidos y baremo:
Examinados los escritos de subsanación y las alegaciones presentadas, la comisión de
valoración publicará las relaciones definitivas de admitidos y excluidos, así como de valoración de méritos.
Los listados se publicarán en los mismos lugares que la relación provisional y se mantendrá expuesta, al menos, hasta la publicación de la orden que contenga la relación de los
candidatos seleccionados para cada plaza.
Contra la relación definitiva de admitidos, excluidos y/o el baremo podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades.
Decimotercero
Renuncias
Publicadas las listas definitivas de admitidos y excluidos, así como el baremo, los aspirantes podrán renunciar a la participación en el procedimiento en un plazo de dos días a
contar desde el día siguiente al de la publicación de la precitada relación.
Dicha renuncia se remitirá exclusivamente por medios electrónicos, a través del portal de la Comunidad de Madrid en la aplicación a la que se accede siguiendo la misma ruta
que la indicada en el apartado de presentación de solicitudes.
Decimocuarto
Criterios de selección y desempate. Listados de candidatos seleccionados
La selección del candidato para cada una de las plazas ofertadas vendrá determinada
por la mayor puntuación final obtenida en el concurso de méritos, aplicando la ponderación
de 2/3 a la puntuación obtenida en los méritos preferentes y un 1/3 a la puntuación obtenida en los méritos no preferentes.
Cuando exista empate entre dos o más candidatos en la valoración final de los méritos, se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
— Mayor puntuación en los apartados del baremo de méritos preferentes en el orden
que aparecen en la convocatoria.
— Mayor puntuación en los apartados del baremo de méritos no preferentes en el orden que aparecen en la convocatoria.
Aplicados los criterios anteriores, la Comisión de Valoración elevará propuesta definitiva de los candidatos seleccionados para cada una de las plazas ofertadas al Director General de Recursos Humanos, quien, por delegación del Consejero de Educación, Ciencia y
Universidades, mediante orden, procederá a la resolución del procedimiento, y posterior
publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra dicha Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de
Educación Ciencia y Universidades, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Nombramiento. Permanencia del profesorado del Programa de Excelencia
en Bachillerato
Los candidatos seleccionados serán nombrados en comisión de servicios y tendrán derecho a la reserva de su puesto de destino definitivo en tanto permanezcan en el mismo.
La permanencia del profesorado del Programa de Excelencia en Bachillerato se ajustará a lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 15/2024, de 7 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la provisión del profesorado del Programa de Excelencia en Bachillerato de la Comunidad. de Madrid
BOCM-20250612-13
Decimoquinto