D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250612-33)
Convenio – Convenio de 23 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid y Spain Startup and Investors Services, S. L., para la promoción del emprendimiento y la atracción del talento, a través de la organización conjunta del evento internacional South Summit 2025 en la Comunidad de Madrid y sus actuaciones de amplificación y promoción internacional
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BOCM
JUEVES 12 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 139
miento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo dispuesto en su artículo 6.2.
No obstante, y según el artículo 4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, para la resolución de dudas y lagunas que pudieran presentarse se aplicarán los principios contenidos
en la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Será de aplicación al mismo el régimen jurídico establecido en la Ley, 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
E| conocimiento y resolución de todas las cuestiones que se pudieran plantear en orden a su cumplimiento, interpretación, resolución y efectos, que no queden solventadas por
la comisión de seguimiento, se someterán a la jurisdicción de los Tribunales de instancia de
lo Contencioso Administrativo de Madrid.
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, se formaliza y firma de forma sucesiva el presente convenio, con los respectivos certificados electrónicos, siendo su fecha la correspondiente a la firma del representante de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 23 de mayo de 2025.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024, BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo de 2024), el Viceconsejero de Economía y Empleo,
Daniel Rodríguez Asensio.—Por Spain Startup and Investors Services, S. L., María Benjumea Cabeza de Vaca.
BOCM-20250612-33
Pág. 200
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 139
miento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo dispuesto en su artículo 6.2.
No obstante, y según el artículo 4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, para la resolución de dudas y lagunas que pudieran presentarse se aplicarán los principios contenidos
en la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Será de aplicación al mismo el régimen jurídico establecido en la Ley, 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
E| conocimiento y resolución de todas las cuestiones que se pudieran plantear en orden a su cumplimiento, interpretación, resolución y efectos, que no queden solventadas por
la comisión de seguimiento, se someterán a la jurisdicción de los Tribunales de instancia de
lo Contencioso Administrativo de Madrid.
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, se formaliza y firma de forma sucesiva el presente convenio, con los respectivos certificados electrónicos, siendo su fecha la correspondiente a la firma del representante de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 23 de mayo de 2025.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024, BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo de 2024), el Viceconsejero de Economía y Empleo,
Daniel Rodríguez Asensio.—Por Spain Startup and Investors Services, S. L., María Benjumea Cabeza de Vaca.
BOCM-20250612-33
Pág. 200
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID