A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250612-1)
Normas elaboración presupuestos generales – Orden de 5 de junio de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan las normas de elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2026
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BOCM
Pág. 14
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 139
2. Remisión a la Dirección General de Presupuestos.
La propuesta del anteproyecto de presupuesto de las Instituciones, la Administración
de la Comunidad de Madrid, sus organismos autónomos y entes cuya normativa específica
confiere carácter limitativo a su presupuesto de gastos deberá remitirse a la Dirección General de Presupuestos como fecha límite el día 15 de julio de 2025, mediante oficio del órgano competente de la consejería, organismo o ente, con la conformidad del consejero.
Por lo que respecta a la información elaborada a través del sistema informático de elaboración presupuestaria, deberá realizarse el trámite de envío a las Direcciones Generales
de Presupuestos y de Recursos Humanos por el responsable de la oficina presupuestaria y
remitirse conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior, a excepción de la memoria del artículo 9 de esta Orden.
Las propuestas de presupuesto de las empresas públicas, fundaciones, consorcios y
resto de entes del sector público, así como la documentación complementaria deberán remitirse a la Dirección General de Presupuestos como fecha límite el día 15 de julio de 2025,
a través del sistema informático de elaboración presupuestaria y simultáneamente a la oficina presupuestaria de la consejería correspondiente, que la remitirá a la Dirección General
de Presupuestos con la conformidad del consejero.
Artículo 12
Elaboración de los gastos de personal del anteproyecto de la Ley de Presupuestos
Generales de la Comunidad de Madrid para 2026
1. La Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo realizará las funciones de coordinación y soporte de la información que
sea necesaria para la elaboración de los gastos de personal del anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales para el ejercicio 2026, a estos efectos, dicho centro directivo dictará y
comunicará las instrucciones oportunas, en las que se establecerá la documentación que deberá remitirse desde los Centros Gestores a la Dirección General de Recursos Humanos,
como fecha límite el día 7 de julio de 2025.
2. Asimismo, para la elaboración del anteproyecto de ley de presupuestos de gastos
de personal, en el ámbito de las empresas, fundaciones, consorcios y del resto de entes del
sector público de la Comunidad de Madrid cuya normativa específica no confiere carácter
limitativo a sus estados de gastos, las unidades competentes remitirán como fecha límite el
día 7 de julio de 2025, a la Dirección General de Recursos Humanos, sus solicitudes de gasto junto con las correspondientes memorias justificativas. A estos efectos dicho centro directivo dictará y comunicará las instrucciones oportunas.
Artículo 13
Remisión al Consejo de Gobierno
Una vez recibida la documentación solicitada, la Dirección General de Presupuestos
analizará las propuestas formuladas y elaborará los estados de gastos teniendo en cuenta las
orientaciones de política económica y los criterios generales de presupuestación. Asimismo,
elaborará los estados de ingresos teniendo en cuenta las previsiones y propuestas efectuadas.
Elaborado el anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid para el año 2026, la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo lo someterá al
Consejo de Gobierno para su aprobación, en virtud de la atribución conferida por el artículo 9.2.b) de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
La Dirección General de Presupuestos realizará las funciones de coordinación, soporte informático y elaboración documental de toda la información que sea necesario procesar
para la obtención del documento final del anteproyecto de Presupuestos Generales. A tales
efectos, se autoriza a la Dirección General de Presupuestos para:
a) Desarrollar e interpretar las presentes normas.
b) Realizar las modificaciones que procedan, tanto en las estructuras como en la documentación anexa, lo que incluirá la adecuación, creación, modificación o susti-
BOCM-20250612-1
Autorizaciones a la Dirección General de Presupuestos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 139
2. Remisión a la Dirección General de Presupuestos.
La propuesta del anteproyecto de presupuesto de las Instituciones, la Administración
de la Comunidad de Madrid, sus organismos autónomos y entes cuya normativa específica
confiere carácter limitativo a su presupuesto de gastos deberá remitirse a la Dirección General de Presupuestos como fecha límite el día 15 de julio de 2025, mediante oficio del órgano competente de la consejería, organismo o ente, con la conformidad del consejero.
Por lo que respecta a la información elaborada a través del sistema informático de elaboración presupuestaria, deberá realizarse el trámite de envío a las Direcciones Generales
de Presupuestos y de Recursos Humanos por el responsable de la oficina presupuestaria y
remitirse conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior, a excepción de la memoria del artículo 9 de esta Orden.
Las propuestas de presupuesto de las empresas públicas, fundaciones, consorcios y
resto de entes del sector público, así como la documentación complementaria deberán remitirse a la Dirección General de Presupuestos como fecha límite el día 15 de julio de 2025,
a través del sistema informático de elaboración presupuestaria y simultáneamente a la oficina presupuestaria de la consejería correspondiente, que la remitirá a la Dirección General
de Presupuestos con la conformidad del consejero.
Artículo 12
Elaboración de los gastos de personal del anteproyecto de la Ley de Presupuestos
Generales de la Comunidad de Madrid para 2026
1. La Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo realizará las funciones de coordinación y soporte de la información que
sea necesaria para la elaboración de los gastos de personal del anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales para el ejercicio 2026, a estos efectos, dicho centro directivo dictará y
comunicará las instrucciones oportunas, en las que se establecerá la documentación que deberá remitirse desde los Centros Gestores a la Dirección General de Recursos Humanos,
como fecha límite el día 7 de julio de 2025.
2. Asimismo, para la elaboración del anteproyecto de ley de presupuestos de gastos
de personal, en el ámbito de las empresas, fundaciones, consorcios y del resto de entes del
sector público de la Comunidad de Madrid cuya normativa específica no confiere carácter
limitativo a sus estados de gastos, las unidades competentes remitirán como fecha límite el
día 7 de julio de 2025, a la Dirección General de Recursos Humanos, sus solicitudes de gasto junto con las correspondientes memorias justificativas. A estos efectos dicho centro directivo dictará y comunicará las instrucciones oportunas.
Artículo 13
Remisión al Consejo de Gobierno
Una vez recibida la documentación solicitada, la Dirección General de Presupuestos
analizará las propuestas formuladas y elaborará los estados de gastos teniendo en cuenta las
orientaciones de política económica y los criterios generales de presupuestación. Asimismo,
elaborará los estados de ingresos teniendo en cuenta las previsiones y propuestas efectuadas.
Elaborado el anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid para el año 2026, la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo lo someterá al
Consejo de Gobierno para su aprobación, en virtud de la atribución conferida por el artículo 9.2.b) de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
La Dirección General de Presupuestos realizará las funciones de coordinación, soporte informático y elaboración documental de toda la información que sea necesario procesar
para la obtención del documento final del anteproyecto de Presupuestos Generales. A tales
efectos, se autoriza a la Dirección General de Presupuestos para:
a) Desarrollar e interpretar las presentes normas.
b) Realizar las modificaciones que procedan, tanto en las estructuras como en la documentación anexa, lo que incluirá la adecuación, creación, modificación o susti-
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Autorizaciones a la Dirección General de Presupuestos