Chapinería (BOCM-20250612-50)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

JUEVES 12 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 139

do Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, siendo estos
los siguientes:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado
por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la
edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Titulación: Estar en posesión del título de Bachiller o del título de Técnico o de
cualquier otra titulación o estudios equivalentes a alguno de los anteriores, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente en la materia.
A estos efectos, y en virtud de lo previsto en el artículo 4.3 de la Orden
EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, según la redacción dada a dicho precepto por la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo, deberá tenerse en cuenta que la superación de la prueba de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años, será equivalente al título
de Bachiller, siempre que se acredite alguno de los siguientes requisitos:
— O bien estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria equivalente a efectos académicos o profesionales.
— O bien haber superado al menos 15 créditos del Sistema Europeo de Transferencia
y Acumulación de Créditos (ECTS), de los estudios universitarios.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la
credencial que acredite su homologación, en su caso, del correspondiente certificado de
equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.
Los títulos extranjeros deberán estar debidamente homologados en la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes.
Los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en estas bases en la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante todo el proceso
selectivo.
Todos los documentos deberán aportarse en lengua castellana a fin de la correcta interpretación por parte del tribunal.
Quinta. Forma y plazo de presentación de solicitudes
Modelo de solicitud: la solicitud para formar parte en el presente procedimiento de selección deberá ajustarse al modelo normalizado, que se encuentra disponible tanto en el Registro General de Documentos del Ayuntamiento de Chapinería como en la sede electrónica https://chapineria.sedelectronica.es .
La solicitud se dirigirá a la Alcaldía de la Corporación, y en ella los aspirantes harán
constar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.
Lugar de presentación: las solicitudes podrán presentarse:
1. Presencialmente, en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, sito en la Casa
Consistorial, Plaza de la Constitución, número 1, de Chapinería, Madrid, en horario de lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas.
2. Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4) de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. Telemáticamente, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento
https://chapineria.sedelectronica.es .

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