Chapinería (BOCM-20250612-50)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 139
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE JUNIO DE 2025
Pág. 251
Plazo de presentación: veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
Con carácter previo, las bases íntegras se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento https://chapineria.sedelectronica.es .
Si el último día de presentación de instancias fuera inhábil, se entenderá automáticamente prorrogado al primer día hábil.
El hecho de presentar la instancia implicará la autorización para el tratamiento de sus
datos personales.
Documentos a presentar para la admisión al procedimiento: Los aspirantes deberán
presentar, junto con la instancia, copia de los siguientes documentos:
a) Anexo I. Modelo normalizado de solicitud.
b) DNI o documento de identidad.
a) Título o Certificación acreditativa de la titulación exigida en la convocatoria.
Sexta. Admisión de aspirantes
Para ser admitido/a al proceso selectivo bastará que los aspirantes manifiesten en su
solicitud que reúnen todas y cada una de las condiciones requeridas en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias y aporten los documentos requeridos en las
presentes bases.
Relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos: expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldesa-Presidenta dictará resolución, en el plazo máximo de un
mes, declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de las
causas de la exclusión, y se hará pública la relación de excluidos en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del
Ayuntamiento.
Reclamaciones y relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos: los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación provisional de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución, para subsanar el defecto que haya
motivado su exclusión o su no inclusión expresa.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a
ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso de selección.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se dictará Resolución aprobando la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos que se publicará en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento.
En caso de no existir reclamación, se elevará la relación provisional automáticamente
a definitiva.
Inicio del proceso selectivo: en el anuncio de relación definitiva de los aspirantes admitidos se indicará la fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio de la oposición, y la composición del Tribunal Calificador.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan.
El llamamiento para posteriores ejercicios, se hará mediante la publicación en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento y en los locales donde se haya
celebrado la prueba anterior, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de este,
si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.
No se exige el abono de tasa por los derechos de examen, por lo tanto, los solicitantes
no tendrán que presentar justificante alguno de ingreso.
Octava. Tribunal de selección
De acuerdo con lo establecido en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a
los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo,
a la paridad entre mujer y hombre.
BOCM-20250612-50
Séptima. Derechos de examen
B.O.C.M. Núm. 139
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE JUNIO DE 2025
Pág. 251
Plazo de presentación: veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
Con carácter previo, las bases íntegras se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento https://chapineria.sedelectronica.es .
Si el último día de presentación de instancias fuera inhábil, se entenderá automáticamente prorrogado al primer día hábil.
El hecho de presentar la instancia implicará la autorización para el tratamiento de sus
datos personales.
Documentos a presentar para la admisión al procedimiento: Los aspirantes deberán
presentar, junto con la instancia, copia de los siguientes documentos:
a) Anexo I. Modelo normalizado de solicitud.
b) DNI o documento de identidad.
a) Título o Certificación acreditativa de la titulación exigida en la convocatoria.
Sexta. Admisión de aspirantes
Para ser admitido/a al proceso selectivo bastará que los aspirantes manifiesten en su
solicitud que reúnen todas y cada una de las condiciones requeridas en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias y aporten los documentos requeridos en las
presentes bases.
Relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos: expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldesa-Presidenta dictará resolución, en el plazo máximo de un
mes, declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de las
causas de la exclusión, y se hará pública la relación de excluidos en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del
Ayuntamiento.
Reclamaciones y relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos: los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación provisional de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución, para subsanar el defecto que haya
motivado su exclusión o su no inclusión expresa.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a
ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso de selección.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se dictará Resolución aprobando la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos que se publicará en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento.
En caso de no existir reclamación, se elevará la relación provisional automáticamente
a definitiva.
Inicio del proceso selectivo: en el anuncio de relación definitiva de los aspirantes admitidos se indicará la fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio de la oposición, y la composición del Tribunal Calificador.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan.
El llamamiento para posteriores ejercicios, se hará mediante la publicación en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento y en los locales donde se haya
celebrado la prueba anterior, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de este,
si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.
No se exige el abono de tasa por los derechos de examen, por lo tanto, los solicitantes
no tendrán que presentar justificante alguno de ingreso.
Octava. Tribunal de selección
De acuerdo con lo establecido en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a
los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo,
a la paridad entre mujer y hombre.
BOCM-20250612-50
Séptima. Derechos de examen