San Martín de la Vega (BOCM-20250612-80)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
Pág. 306
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 139
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
80
SAN MARTÍN DE LA VEGA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Finalizado el trámite de información pública de los acuerdos provisionales adoptados
para el establecimiento y modificación de tributos, así como de las ordenanzas fiscales correspondientes, en sesión Plenaria, de fecha 26 de marzo de 2024, sin que durante el mismo se haya presentado reclamación alguna, se entiende definitivamente aprobado, de conformidad con el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
El texto íntegro es el siguiente:
APROBACION DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN
DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN
DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS.
PREÁMBULO
La Directiva UE 2018/851 del Parlamento europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la
que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre residuos, adoptó una serie de medidas en aras a
reducir la cantidad de residuos generados por los ciudadanos y las empresas europeas y mejorar
su gestión.
En consecuencia, la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una
economía circular, en cumplimiento de las obligaciones comunitarias impuestas incluye la
obligatoriedad de que las entidades locales establezcan una tasa o, en su caso, una prestación
patrimonial de carácter público no tributario, específica, diferenciada y no deficitaria, que permita
implantar sistemas de pago por generación para los servicios que deben prestar en relación con
los residuos de su competencia.
Esta tasa debe reflejar el coste real, directo o indirecto, de las operaciones de recogida, transporte
y tratamiento de los residuos, incluida la vigilancia de estas operaciones y el mantenimiento y
vigilancia posterior al cierre de los vertederos, las campañas de concienciación y comunicación, así
como los ingresos derivados de la aplicación de la responsabilidad ampliada del productor, de la
venta de materiales y de energía.
La conjunción de ambas normas conduce a una obligación de cubrir el coste del servicio,
alcanzando dicho importe, pero sin superarlo. Por ello, se propone un sistema de cuota objetiva,
que tenderá a ser progresivo en la medida de que se vayan disponiendo de los mecanismos de
individualización necesarios para su cálculo, para adaptarse a la capacidad económica de los
contribuyentes y a las generaciones medias de los diferentes tipos de usuarios, con el objetivo de
que en los próximos años se adapte al consumo individual de cada contribuyente.
TÍTULO I
Naturaleza y fundamento
Artículo 1. Fundamento y naturaleza.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el
artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de
BOCM-20250612-80
Por todo ello, el Ayuntamiento de San Martín de la Vega, en cumplimiento de la obligación legal prevista
en la Ley 7/2022, mediante el ejercicio de la potestad reglamentaria que asiste a las Entidades Locales,
establece a través de la Ordenanza Fiscal nº 1 la Tasa por la prestación del servicio de recogida y
gestión de basuras y otros residuos.
Pág. 306
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 139
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
80
SAN MARTÍN DE LA VEGA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Finalizado el trámite de información pública de los acuerdos provisionales adoptados
para el establecimiento y modificación de tributos, así como de las ordenanzas fiscales correspondientes, en sesión Plenaria, de fecha 26 de marzo de 2024, sin que durante el mismo se haya presentado reclamación alguna, se entiende definitivamente aprobado, de conformidad con el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
El texto íntegro es el siguiente:
APROBACION DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN
DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN
DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS.
PREÁMBULO
La Directiva UE 2018/851 del Parlamento europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la
que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre residuos, adoptó una serie de medidas en aras a
reducir la cantidad de residuos generados por los ciudadanos y las empresas europeas y mejorar
su gestión.
En consecuencia, la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una
economía circular, en cumplimiento de las obligaciones comunitarias impuestas incluye la
obligatoriedad de que las entidades locales establezcan una tasa o, en su caso, una prestación
patrimonial de carácter público no tributario, específica, diferenciada y no deficitaria, que permita
implantar sistemas de pago por generación para los servicios que deben prestar en relación con
los residuos de su competencia.
Esta tasa debe reflejar el coste real, directo o indirecto, de las operaciones de recogida, transporte
y tratamiento de los residuos, incluida la vigilancia de estas operaciones y el mantenimiento y
vigilancia posterior al cierre de los vertederos, las campañas de concienciación y comunicación, así
como los ingresos derivados de la aplicación de la responsabilidad ampliada del productor, de la
venta de materiales y de energía.
La conjunción de ambas normas conduce a una obligación de cubrir el coste del servicio,
alcanzando dicho importe, pero sin superarlo. Por ello, se propone un sistema de cuota objetiva,
que tenderá a ser progresivo en la medida de que se vayan disponiendo de los mecanismos de
individualización necesarios para su cálculo, para adaptarse a la capacidad económica de los
contribuyentes y a las generaciones medias de los diferentes tipos de usuarios, con el objetivo de
que en los próximos años se adapte al consumo individual de cada contribuyente.
TÍTULO I
Naturaleza y fundamento
Artículo 1. Fundamento y naturaleza.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el
artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de
BOCM-20250612-80
Por todo ello, el Ayuntamiento de San Martín de la Vega, en cumplimiento de la obligación legal prevista
en la Ley 7/2022, mediante el ejercicio de la potestad reglamentaria que asiste a las Entidades Locales,
establece a través de la Ordenanza Fiscal nº 1 la Tasa por la prestación del servicio de recogida y
gestión de basuras y otros residuos.