B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250612-14)
Regulación personal docente – Resolución de 2 de junio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se establece el procedimiento para mantenerse en las listas ordinarias de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad de determinadas especialidades, para el curso 2025-2026, para aquellos integrantes de las vigentes listas ordinarias de interinidad que no participen en los procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional convocados por Resolución de 20 de febrero de 2025
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 139
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE JUNIO DE 2025
Pág. 133
misma según el baremo recogido en el Anexo II, en concordancia con el artículo 9 del
Acuerdo de 10 de mayo de 2023 sobre composición, ordenación, funcionamiento y selección de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad en
el ámbito de la Comunidad de Madrid.
2. Como consecuencia de la integración del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y de la creación
del nuevo Cuerpo Docente de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación
Profesional, el apartado 1.2 del baremo recogido en el Anexo II debe ser evaluado de nuevo
para todos los integrantes de las nuevas listas, a este fin. A los efectos de este apartado:
— Aspirantes que no se presenten a ninguna de las especialidades incluidas en el procedimiento selectivo convocado por resolución de 20 de febrero de 2025: se
computarán exclusivamente los méritos alcanzados a fecha de fin de presentación
de solicitudes del procedimiento selectivo de la especialidad inmediatamente anterior al convocado por resolución de 20 de febrero de 2025.
— Aspirantes que se presenten a una especialidad incluida en el procedimiento selectivo convocado por resolución de 20 de febrero de 2025, diferente a las cuatro especialidades afectadas por la presente resolución: se computarán los méritos alcanzados en la fase de concurso del procedimiento selectivo convocado por
resolución de 20 de febrero de 2025.
Se entenderá por presentarse al procedimiento selectivo, acudir al llamamiento y entregar el primer ejercicio de la primera prueba.
Aquellos candidatos que se encuentren en los supuestos 2.1 y 2.2 del apartado segundo de esta resolución, deberán aportar junto con la solicitud, la documentación acreditativa
exclusivamente de los méritos de experiencia docente, apartado 1.2 del baremo.
Aquellos aspirantes que se encuentren en la situación 2.3 del resuelve segundo, alcanzarán la puntuación correspondiente a la documentación aportada junto con la solicitud de participación en el procedimiento selectivo convocado por resolución de 20 de febrero de 2025.
3. Para la valoración del apartado 1.3 del baremo recogido en el Anexo II:
— Aspirantes que no se presenten a ninguna de las especialidades incluidas en el procedimiento selectivo convocado por resolución de 20 de febrero de 2025: se utilizará la puntuación obtenida en el correspondiente apartado de “formación académica” en el procedimiento selectivo de la especialidad, inmediatamente anterior
al convocado por resolución de 20 de febrero de 2025.
— Aspirantes que se presenten a una especialidad incluida en el procedimiento selectivo convocado por resolución de 20 de febrero de 2025, diferente a las cuatro especialidades afectadas por la presente resolución: se utilizará la puntuación obtenida en el correspondiente apartado de “formación académica” del procedimiento
selectivo convocado por resolución de 20 de febrero de 2025.
4. Para la valoración del apartado 1.4 del baremo recogido en el Anexo II:
— Aspirantes que no se presenten a ninguna de las especialidades incluidas en el procedimiento selectivo convocado por resolución de 20 de febrero de 2025: se utilizará la puntuación obtenida en el correspondiente apartado de “otros méritos” en
el procedimiento selectivo de la especialidad, inmediatamente anterior al convocado por resolución de 20 de febrero de 2025.
— Aspirantes que se presenten a una especialidad incluida en el procedimiento selectivo convocado por resolución de 20 de febrero de 2025, diferente a las cuatro
especialidades afectadas por la presente resolución: se utilizará la puntuación obtenida en el correspondiente apartado de “otros méritos” del procedimiento selectivo convocado por resolución de 20 de febrero de 2025.
Listas provisionales de admitidos, excluidos y puntuación del apartado 1.2 del baremo
Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes y baremados los méritos del
apartado experiencia docente aportados por los participantes, se procederá por resolución de
esta Dirección General de Recursos Humanos, a la publicación de los listados provisionales
de admitidos con indicación de las puntuaciones obtenidas en el apartado 1.2 del baremo, así
como el listado de excluidos y las causas de la misma en el portal de la Comunidad de Madrid,
en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/listas-interinos-fp-20-02-2025 . También se
podrá acceder, con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del
BOCM-20250612-14
Séptimo
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misma según el baremo recogido en el Anexo II, en concordancia con el artículo 9 del
Acuerdo de 10 de mayo de 2023 sobre composición, ordenación, funcionamiento y selección de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad en
el ámbito de la Comunidad de Madrid.
2. Como consecuencia de la integración del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y de la creación
del nuevo Cuerpo Docente de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación
Profesional, el apartado 1.2 del baremo recogido en el Anexo II debe ser evaluado de nuevo
para todos los integrantes de las nuevas listas, a este fin. A los efectos de este apartado:
— Aspirantes que no se presenten a ninguna de las especialidades incluidas en el procedimiento selectivo convocado por resolución de 20 de febrero de 2025: se
computarán exclusivamente los méritos alcanzados a fecha de fin de presentación
de solicitudes del procedimiento selectivo de la especialidad inmediatamente anterior al convocado por resolución de 20 de febrero de 2025.
— Aspirantes que se presenten a una especialidad incluida en el procedimiento selectivo convocado por resolución de 20 de febrero de 2025, diferente a las cuatro especialidades afectadas por la presente resolución: se computarán los méritos alcanzados en la fase de concurso del procedimiento selectivo convocado por
resolución de 20 de febrero de 2025.
Se entenderá por presentarse al procedimiento selectivo, acudir al llamamiento y entregar el primer ejercicio de la primera prueba.
Aquellos candidatos que se encuentren en los supuestos 2.1 y 2.2 del apartado segundo de esta resolución, deberán aportar junto con la solicitud, la documentación acreditativa
exclusivamente de los méritos de experiencia docente, apartado 1.2 del baremo.
Aquellos aspirantes que se encuentren en la situación 2.3 del resuelve segundo, alcanzarán la puntuación correspondiente a la documentación aportada junto con la solicitud de participación en el procedimiento selectivo convocado por resolución de 20 de febrero de 2025.
3. Para la valoración del apartado 1.3 del baremo recogido en el Anexo II:
— Aspirantes que no se presenten a ninguna de las especialidades incluidas en el procedimiento selectivo convocado por resolución de 20 de febrero de 2025: se utilizará la puntuación obtenida en el correspondiente apartado de “formación académica” en el procedimiento selectivo de la especialidad, inmediatamente anterior
al convocado por resolución de 20 de febrero de 2025.
— Aspirantes que se presenten a una especialidad incluida en el procedimiento selectivo convocado por resolución de 20 de febrero de 2025, diferente a las cuatro especialidades afectadas por la presente resolución: se utilizará la puntuación obtenida en el correspondiente apartado de “formación académica” del procedimiento
selectivo convocado por resolución de 20 de febrero de 2025.
4. Para la valoración del apartado 1.4 del baremo recogido en el Anexo II:
— Aspirantes que no se presenten a ninguna de las especialidades incluidas en el procedimiento selectivo convocado por resolución de 20 de febrero de 2025: se utilizará la puntuación obtenida en el correspondiente apartado de “otros méritos” en
el procedimiento selectivo de la especialidad, inmediatamente anterior al convocado por resolución de 20 de febrero de 2025.
— Aspirantes que se presenten a una especialidad incluida en el procedimiento selectivo convocado por resolución de 20 de febrero de 2025, diferente a las cuatro
especialidades afectadas por la presente resolución: se utilizará la puntuación obtenida en el correspondiente apartado de “otros méritos” del procedimiento selectivo convocado por resolución de 20 de febrero de 2025.
Listas provisionales de admitidos, excluidos y puntuación del apartado 1.2 del baremo
Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes y baremados los méritos del
apartado experiencia docente aportados por los participantes, se procederá por resolución de
esta Dirección General de Recursos Humanos, a la publicación de los listados provisionales
de admitidos con indicación de las puntuaciones obtenidas en el apartado 1.2 del baremo, así
como el listado de excluidos y las causas de la misma en el portal de la Comunidad de Madrid,
en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/listas-interinos-fp-20-02-2025 . También se
podrá acceder, con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del
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