Brunete (BOCM-20250612-43)
Urbanismo. Estatutos junta compensación
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 226

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 139

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
43

BRUNETE
URBANISMO

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Brunete, en sesión celebrada el 19
de mayo de 2025, adoptó el siguiente,
ACUERDO
Primero.—Aprobar inicialmente la propuesta de Estatutos y de Bases de Actuación de
la Junta de Compensación en constitución del Sector ST-3 Terciario Sur de Brunete.
Segundo.—Ordenar la publicación del presente Acuerdo y de los referidos Proyectos de
Estatutos y de Bases de Actuación de la Junta de Compensación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, así como someter este acuerdo y dichos Proyectos a información pública para la presentación de alegaciones durante el plazo de veinte días, contados a
partir del siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Tercero.—Notificar personal e individualmente este Acuerdo a todos los propietarios
afectados por el sistema de actuación, para que durante el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la recepción de la notificación, puedan consultar y examinar los proyectos
aprobados inicialmente y formular cuantas alegaciones estimen oportunas. En la notificación se hará mención del Boletín Oficial en que se haya publicado el anuncio de información pública. Los propietarios no adheridos a la Junta en constitución deberán decidir durante dicho plazo si participan o no en la gestión del sistema, optando por alguna de las
siguientes alternativas:
a) Participar en la gestión del sistema adhiriéndose a la Junta de Compensación, en
constitución, y asumiendo los costes de urbanización y los de gestión que les correspondan. A tal efecto podrán optar entre abonar las cantidades que por tal concepto les sean giradas o aportar, tras la reparcelación, parte del aprovechamiento
lucrativo, de la edificabilidad o de las fincas resultantes que deban ser adjudicadas.
b) No participar en la gestión del sistema, renunciando a su derecho a integrarse en la
Junta de Compensación siendo objeto de expropiación.
ESTATUTOS DE LA JUNTA DE COMPENSACIÓN
DEL SECTOR ST-3 TERCIARIO SUR DEL PGOU DE BRUNETE
TITULO I

Artículo 1. Denominación.—1. Con la denominación “Junta de Compensación
Sector ST-3 Terciario Sur de Brunete”, se constituye una Entidad Urbanística Colaboradora de carácter administrativo y dependiente, en este orden, del Ayuntamiento de Brunete,
pero que gozará de personalidad propia y plena capacidad jurídica para el cumplimiento de
sus fines, a partir de su inscripción en el correspondiente Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras.
2. Dicha Junta de Compensación se regirá por los presentes Estatutos, por lo dispuesto
en la legislación urbanística vigente y en su correspondiente reglamentación de desarrollo.
Art. 2. Ámbito.—EI ámbito de actuación de la Junta de Compensación está constituido por las fincas comprendidas en la ficha de planeamiento del sector de suelo urbanizable
ST-3 “Terciario Sur” del vigente Plan General de Brunete.
Art. 3. Domicilio.—El domicilio de esta Junta de Compensación se establece en la
calle Segundo Mata, 6, 28224 Pozuelo de Alarcón (Madrid). Este domicilio puede trasladarse a cualquier otro lugar, previo acuerdo de la Asamblea General y dando cuenta de
ello al Ayuntamiento de Brunete. El domicilio de la Junta y sus posteriores modificaciones
deberán hacerse constar en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras.

BOCM-20250612-43

Disposiciones generales