D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - METRO DE MADRID, S. A. (BOCM-20250614-14)
Convenio – Anuncio de 27 de mayo de 2025, del convenio de colaboración empresarial en actividades de interés general entre la Fundación Real Madrid y Metro de Madrid, S. A.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 128
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 14 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 141
De la misma manera, todo lo anterior rige para la situación inversa, es decir el uso no
autorizado por parte de Metro de cualquier derecho de propiedad intelectual o industrial de
la Fundación Real Madrid.
Undécima
Resolución
En el supuesto de que el objeto del convenio no pudiese llevarse a cabo por incumplimiento de los compromisos de la Fundación Real Madrid o de las personas o entidades que ésta hubiere designado para la realización de las actividades, Metro quedará liberado de los compromisos contenidos en este Convenio a partir de dicho incumplimiento y la Fundación deberá
restituir cualquier gasto en que Metro haya incurrido en el cumplimiento del mismo.
En el supuesto de que el objeto del convenio no pudiese llevarse a cabo por incumplimiento de los compromisos de Metro o de las personas o entidades que ésta hubiere designado para
la realización de las actividades, con la Fundación quedará liberada de las obligaciones contraídas en este convenio y todo ello a partir del momento de dicho incumplimiento.
El convenio se podrá extinguir por acuerdo expreso de las partes, por el trascurso del
período de vigencia establecido en la cláusula segunda o por la imposibilidad sobrevenida
de cumplir el objetivo propuesto.
Cualquiera de las partes podrá, asimismo, separarse voluntariamente del convenio, siempre que comunique la decisión con un plazo de preaviso mínimo de treinta días naturales.
Duodécima
Las partes se comprometen a cumplir con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales y al resto de la normativa vigente en materia de
protección de datos. Las partes quedan informadas de que los datos personales recogidos en
este contrato formarán parte de un tratamiento del que cada parte será responsable, y cuya finalidad única y legitimación del tratamiento de los datos personales es la ejecución y gestión
del presente convenio, pudiendo ser cedidos a favor de un tercero siempre que ello sea necesario, así como para el cumplimiento de normativas legalmente exigibles. Los datos serán
conservados durante el tiempo que dure el consentimiento, o en su caso, el tiempo legal establecido para cada una de las obligaciones legales que deriven de los tratamientos para lo
que se ha consentido.
Los titulares de los datos personales recabados con ocasión del presente convenio podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, oposición, limitación, supresión, portabilidad y a no ser objeto de decisiones automatizadas dirigiéndose a Fundación Real Madrid
por escrito (avenida de las Fuerzas Armadas, número 402, 28055 Madrid) o contactando
vía email a (se omiten datos personales) o dirigiéndose a Metro. Asimismo, ambas partes
tienen el derecho a presentar reclamación ante la Autoridad de Control, Agencia Española
de Protección de Datos.
Las partes, garantizarán los derechos de las personas afectadas y adoptarán cuantas
medidas de seguridad, de índole técnica y organizativa, sean necesarias para evitar la alteración o pérdida de los datos personales, así como el acceso no autorizado a los mismos y
en ningún caso comunicará o cederá los datos personales a terceros, ni siquiera para la conservación de los mismos.
La transgresión del deber de confidencialidad, así como de la obligación de no utilizar indebidamente y de no ceder a terceros de datos de carácter personal, por cualquiera de las partes o de cualquiera de sus empleados o colaboradores, será justa causa de resolución o rescisión del presente contrato si así lo considera oportuno la otra parte, debiendo ser la parte no
incumplidora resarcida por cualquier daño o perjuicio causado por la parte incumplidora.
Decimotercera
Otras garantías
La Fundación Real Madrid cuenta con un programa de compliance o cumplimiento
normativo siendo su Código Ético y de Buen Gobierno uno de los pilares fundamentales del
Sistema de Gestión de Riesgos Penales ( https://www.realmadrid.com/sobre-el-real-
BOCM-20250614-14
Protección de datos de carácter personal
Pág. 128
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 14 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 141
De la misma manera, todo lo anterior rige para la situación inversa, es decir el uso no
autorizado por parte de Metro de cualquier derecho de propiedad intelectual o industrial de
la Fundación Real Madrid.
Undécima
Resolución
En el supuesto de que el objeto del convenio no pudiese llevarse a cabo por incumplimiento de los compromisos de la Fundación Real Madrid o de las personas o entidades que ésta hubiere designado para la realización de las actividades, Metro quedará liberado de los compromisos contenidos en este Convenio a partir de dicho incumplimiento y la Fundación deberá
restituir cualquier gasto en que Metro haya incurrido en el cumplimiento del mismo.
En el supuesto de que el objeto del convenio no pudiese llevarse a cabo por incumplimiento de los compromisos de Metro o de las personas o entidades que ésta hubiere designado para
la realización de las actividades, con la Fundación quedará liberada de las obligaciones contraídas en este convenio y todo ello a partir del momento de dicho incumplimiento.
El convenio se podrá extinguir por acuerdo expreso de las partes, por el trascurso del
período de vigencia establecido en la cláusula segunda o por la imposibilidad sobrevenida
de cumplir el objetivo propuesto.
Cualquiera de las partes podrá, asimismo, separarse voluntariamente del convenio, siempre que comunique la decisión con un plazo de preaviso mínimo de treinta días naturales.
Duodécima
Las partes se comprometen a cumplir con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales y al resto de la normativa vigente en materia de
protección de datos. Las partes quedan informadas de que los datos personales recogidos en
este contrato formarán parte de un tratamiento del que cada parte será responsable, y cuya finalidad única y legitimación del tratamiento de los datos personales es la ejecución y gestión
del presente convenio, pudiendo ser cedidos a favor de un tercero siempre que ello sea necesario, así como para el cumplimiento de normativas legalmente exigibles. Los datos serán
conservados durante el tiempo que dure el consentimiento, o en su caso, el tiempo legal establecido para cada una de las obligaciones legales que deriven de los tratamientos para lo
que se ha consentido.
Los titulares de los datos personales recabados con ocasión del presente convenio podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, oposición, limitación, supresión, portabilidad y a no ser objeto de decisiones automatizadas dirigiéndose a Fundación Real Madrid
por escrito (avenida de las Fuerzas Armadas, número 402, 28055 Madrid) o contactando
vía email a (se omiten datos personales) o dirigiéndose a Metro. Asimismo, ambas partes
tienen el derecho a presentar reclamación ante la Autoridad de Control, Agencia Española
de Protección de Datos.
Las partes, garantizarán los derechos de las personas afectadas y adoptarán cuantas
medidas de seguridad, de índole técnica y organizativa, sean necesarias para evitar la alteración o pérdida de los datos personales, así como el acceso no autorizado a los mismos y
en ningún caso comunicará o cederá los datos personales a terceros, ni siquiera para la conservación de los mismos.
La transgresión del deber de confidencialidad, así como de la obligación de no utilizar indebidamente y de no ceder a terceros de datos de carácter personal, por cualquiera de las partes o de cualquiera de sus empleados o colaboradores, será justa causa de resolución o rescisión del presente contrato si así lo considera oportuno la otra parte, debiendo ser la parte no
incumplidora resarcida por cualquier daño o perjuicio causado por la parte incumplidora.
Decimotercera
Otras garantías
La Fundación Real Madrid cuenta con un programa de compliance o cumplimiento
normativo siendo su Código Ético y de Buen Gobierno uno de los pilares fundamentales del
Sistema de Gestión de Riesgos Penales ( https://www.realmadrid.com/sobre-el-real-
BOCM-20250614-14
Protección de datos de carácter personal