D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - METRO DE MADRID, S. A. (BOCM-20250614-15)
Convenio – Anuncio de 27 de mayo de 2025, del convenio de colaboración entre Metro de Madrid, S. A., y la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, para la tematización de la estación de Metro de O’Donnell
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BOCM
Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 14 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 141
Segundo
En este sentido, la FNMT-RCM, es una Entidad Pública Empresarial (EPE) y Medio
Propio (MP) de la Administración General del Estado, de conformidad con sus Estatutos y
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La FNMT-RCM,
es una entidad pública empresarial que está adscrita al Ministerio de Hacienda. Es, por tanto, una empresa que por el tipo de trabajos que realiza tiene un marcado carácter de servicio público.
Tercero
Que Metro, constituida en 1917 para la prestación del servicio ferroviario metropolitano
en Madrid, es una compañía que tiene por objetivo ser la opción de movilidad preferente en
la región de Madrid, proporcionando un servicio de transporte basado en la calidad y la eficiencia, y que, al mismo tiempo, tiene como una de sus líneas estratégicas fomentar el uso de
Metro potenciando la imagen de marca de la Compañía para lo cual viene colaborando, entre
otras, con actividades de índole cultural que se celebran en la Comunidad de Madrid.
Cuarto
Que, en atención a la naturaleza de la FNMT-RCM, el presente Convenio se regula, de
conformidad con lo previsto en el Capítulo IV del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y en la Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2017,
por el que se aprueban las instrucciones para la tramitación de Convenios; cumpliendo con
todos los condicionantes de manera acumulativa que se exige en los artículos 47 y ss de la
Ley 40/2015.
Quinto
De acuerdo con todo lo expuesto, tanto la FNMT-RCM como Metro, recogen en el
presente Convenio, la voluntad conjunta de iniciar una actividad de difusión cultural conjunta, siendo por tanto el citado Convenio un marco legal de cooperación institucional.
Por todo ello, las partes han considerado la conveniencia de establecer el presente Convenio con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El presente acuerdo tiene por objeto la colaboración que Metro va a prestar a la FNMTRCM, concretada en la cesión de uso temporal por parte de Metro de determinados espacios en la estación de O’Donnell —estación próxima a la sede de la FNMT-RCM— y el
compromiso de la FNMT-RCM de hacer pública dicha colaboración mediante una serie de
actuaciones divulgativas.
Segunda
Ambas partes se comprometen a colaborar y cooperar institucionalmente.
Compromisos de Metro:
— Metro pondrá a disposición de la FNMT-RCM, una serie de espacios en la estación
de O’Donnell en los andenes, para la exhibición de imágenes, en soporte vinilo.
— Quedan expresamente excluidos de este Convenio los soportes fijos publicitarios
existentes, o que, en el futuro, puedan situarse en las estaciones del ferrocarril metropolitano.
— Metro se encargará del mantenimiento de los vinilos instalados por la FNMTRCM en la estación de O’Donnell durante la vigencia de este Convenio.
— La comunicación de esta acción a través de los canales de comunicación corporativos de la compañía.
BOCM-20250614-15
Actuaciones de las partes
Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 14 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 141
Segundo
En este sentido, la FNMT-RCM, es una Entidad Pública Empresarial (EPE) y Medio
Propio (MP) de la Administración General del Estado, de conformidad con sus Estatutos y
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La FNMT-RCM,
es una entidad pública empresarial que está adscrita al Ministerio de Hacienda. Es, por tanto, una empresa que por el tipo de trabajos que realiza tiene un marcado carácter de servicio público.
Tercero
Que Metro, constituida en 1917 para la prestación del servicio ferroviario metropolitano
en Madrid, es una compañía que tiene por objetivo ser la opción de movilidad preferente en
la región de Madrid, proporcionando un servicio de transporte basado en la calidad y la eficiencia, y que, al mismo tiempo, tiene como una de sus líneas estratégicas fomentar el uso de
Metro potenciando la imagen de marca de la Compañía para lo cual viene colaborando, entre
otras, con actividades de índole cultural que se celebran en la Comunidad de Madrid.
Cuarto
Que, en atención a la naturaleza de la FNMT-RCM, el presente Convenio se regula, de
conformidad con lo previsto en el Capítulo IV del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y en la Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2017,
por el que se aprueban las instrucciones para la tramitación de Convenios; cumpliendo con
todos los condicionantes de manera acumulativa que se exige en los artículos 47 y ss de la
Ley 40/2015.
Quinto
De acuerdo con todo lo expuesto, tanto la FNMT-RCM como Metro, recogen en el
presente Convenio, la voluntad conjunta de iniciar una actividad de difusión cultural conjunta, siendo por tanto el citado Convenio un marco legal de cooperación institucional.
Por todo ello, las partes han considerado la conveniencia de establecer el presente Convenio con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El presente acuerdo tiene por objeto la colaboración que Metro va a prestar a la FNMTRCM, concretada en la cesión de uso temporal por parte de Metro de determinados espacios en la estación de O’Donnell —estación próxima a la sede de la FNMT-RCM— y el
compromiso de la FNMT-RCM de hacer pública dicha colaboración mediante una serie de
actuaciones divulgativas.
Segunda
Ambas partes se comprometen a colaborar y cooperar institucionalmente.
Compromisos de Metro:
— Metro pondrá a disposición de la FNMT-RCM, una serie de espacios en la estación
de O’Donnell en los andenes, para la exhibición de imágenes, en soporte vinilo.
— Quedan expresamente excluidos de este Convenio los soportes fijos publicitarios
existentes, o que, en el futuro, puedan situarse en las estaciones del ferrocarril metropolitano.
— Metro se encargará del mantenimiento de los vinilos instalados por la FNMTRCM en la estación de O’Donnell durante la vigencia de este Convenio.
— La comunicación de esta acción a través de los canales de comunicación corporativos de la compañía.
BOCM-20250614-15
Actuaciones de las partes