D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250614-16)
Convenio –  Convenio de 23 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, y la Fundación Fad Juventud, mediante el que se instrumenta una subvención nominativa por importe de 120.000 euros para financiar el desarrollo de acciones en materia de prevención de conductas adictivas dirigidas a jóvenes y adolescentes de la Comunidad de Madrid. Año 2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 141

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 14 DE JUNIO DE 2025

Pág. 143

Décima
Protección de datos, confidencialidad y transparencia
Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del
Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) y a la
normativa posterior que lo desarrolle o modifique.
Los datos personales que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación
del convenio serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.
En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto, y las limitaciones en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información a la
que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este convenio, salvo aquella
información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno; y la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
El tratamiento de los datos del presente convenio queda sometido a la mencionada normativa, así como a la vigente en cada momento, de conformidad con los Anexos II y III de
este convenio.
Undécima
Régimen jurídico
Este convenio se formula de conformidad con lo establecido en la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que regula con carácter básico la materia convencional, y al amparo del artículo 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad de Madrid, quedando sujeto a las normas imperativas de Derecho Público
que regulan los convenios administrativos, las normas reguladoras de las subvenciones y
demás que resulten aplicables, a las que se entiende absolutamente sometido.
Duodécima
Controversias

BOCM-20250614-16

Las cuestiones litigiosas a que puedan dar lugar la interpretación o efectos del presente convenio serán resueltas en el seno de la comisión de seguimiento, y si no hubiera acuerdo las discrepancias que surjan serán del conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo, con arreglo a la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y para que conste, en prueba de conformidad firman este convenio.
En Madrid, a 23 de mayo de 2025.—Por la Comunidad de Madrid: la Consejera de Sanidad, Fátima Matute Teresa.—Por la Fundación Fad Juventud: la Directora General, Beatriz Martín Padura.